Autorizan a adolescente a dejar de usar el apellido paterno por abandono de su progenitor

El fallo de la Justicia de Cipolletti respondió a una demanda de la madre, quien acreditó que el hombre nunca participó de actos escolares ni de la vida cotidiana del menor desde sus seis años.

La Justicia de Familia de Cipolletti autorizó a un adolescente a dejar de usar su apellido paterno tras constatar el abandono total de su progenitor. El fallo respondió a una demanda de la madre, quien acreditó ante los tribunales locales que el hombre nunca participó de actos escolares ni de la vida cotidiana del menor desde sus seis años.

La sentencia privó al padre de la responsabilidad parental y de todos sus derechos y obligaciones legales. A partir de ahora, el hombre no tendrá intervención en decisiones sobre la salud, la educación o la representación del adolescente, tareas que recaerán exclusivamente en la madre.

La mujer inició el proceso con el patrocinio de la Defensoría Pública para regularizar una situación de desapego de larga data. En el expediente constan las declaraciones del joven, quien manifestó que no posee identificación con el apellido de su padre y que desea solo el de su progenitora.

Diversos informes escolares ratificaron que el contacto con la institución fue tarea exclusiva de la mujer durante toda la trayectoria del alumno. El establecimiento educativo informó que el progenitor jamás asistió a las reuniones de padres ni a las actividades académicas de su hijo.

La Justicia aplicó el Código Civil ante el desapego filial

La jueza consideró que en la causa se acreditó el abandono que prevé el artículo 700 inciso b del Código Civil y Comercial. El texto judicial sostuvo que el hombre se desentendió de la crianza y delegó todas las funciones en la madre de forma permanente.

El fallo dio lugar a la supresión del apellido al considerar que existen los "justos motivos" previstos en la normativa actual. El equipo técnico destacó que el adolescente comprende el alcance del trámite y reconoce solo a su madre y a su hermano como familiares cercanos.

La resolución judicial habilitó también los viajes al exterior del joven sin necesidad de autorización paterna hasta su mayoría de edad. El Registro Civil inscribirá la modificación del nombre de manera definitiva una vez que la sentencia quede firme.