El derecho a participar en las ganancias

El abogado laboralista explicó que es un derecho constitucional de los trabajadores de la actividad privada en relación de dependencia.

Participar en las ganancias de las empresas es un derecho que se encuentra en la Constitución Nacional artículo 14 bis.

Fue incorporado en 1957 y y corresponde a los trabajadores de la actividad privada en relación de dependencia. Hay un antecedente con la participación en los ingresos y data del año 1946 con el “Laudo gastronómico” con Perón a la cabeza.

Actualmente el derecho sobre la participación de ganancias de las empresas financieras lo tiene el sindicato bancario y la empresa de neumáticos Bridgestone, cuyos trabajadores van a percibir un bono de $730.000.

Es trascendente porque, además de ser un derecho constitucional, aquel que atribuye con su trabajo puede participar. Le garantiza a todos los trabajadores información, y la información da poder.

Héctor Recalde es abogado laboralista. Exdiputado nacional, exasesor letrado de organizaciones sindicales y de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados de la Nación.