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Paquete Fiscal: el Gobierno reglamentó cambios en Bienes Personales, blanqueo de capitales y moratoria

Se trata del Decreto 608 que lleva la firma del presidente Javier Milei. Los contribuyentes que estén en mora podrán adherirse al nuevo régimen para obtener beneficios.

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  • Luego de obtener su aprobación en el Congreso y ser promulgada previo al Pacto de Mayo, el Gobierno reglamentó este viernes el paquete fiscal con la rebaja en Bienes Personales, el blanqueo de capitales y la moratoria para poder regularizar contribuciones.

    Lo hizo mediante la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 608 que lleva la firma del presidente Javier Milei. Aquellos contribuyentes que estén en mora tendrán la posibilidad de adherirse al nuevo régimen para obtener beneficios referidos a planes de pago, y la condonación de intereses o multas.

    El decreto anuncia la creación de un "Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social", la implementación de un "Régimen de Regularización de Activos del país y del exterior", la reglamentación de un “Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales” (REIBP).

    La Cámara de Diputados le había dado luz verde al paquete fiscal presentado por el Gobierno el pasado 28 de junio, luego de que el Senado realizara una serie de modificaciones al texto original que no pasaron, como los cambios en el Impuesto a las Ganancias y a Bienes Personales. Sí se ratificó que RTA, el Correo Argentino y Aerolíneas Argentinas no se podrán privatizar. Además, el oficialismo accedió a la quita del capítulo de la moratoria previsional y aceptó cambios en el RIGI.

    Fuentes cercanas a la AFIP indicaron que ahora se trabajará "en equipo con otros organismos (CNV, BCRA), para la puesta en marcha del decreto de regularización tributaria, con el fin de emitir las resoluciones generales y poner a disposición los aplicativos correspondientes, a partir del próximo miércoles 17 de julio".

    Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social

    Tendrán la posibilidad de adherirse aquellos contribuyentes con deudas fiscales, aduaneras o de seguridad social con vencimiento al 31 de marzo de 2024. El plazo para adherirse es desde los 150 días a partir de la fecha de publicación de las reglamentaciones.

    Cuáles son los beneficios

    De todas maneras el texto del decreto remarca que los contribuyentes adheridos "renunciarán a su derecho a reclamar reintegros de impuestos, derechos aduaneros o contribuciones a la seguridad social que hayan sido regularizados".

    Sobre el Régimen Especial para la Regularización de Activos

    Quedo establecido un régimen para la regularización de activos en el exterior. Aquellos contribuyentes que cuenten con activos no declarados a las autoridades fiscales podrán adherirse al nuevo régimen para poder regularizar los y abonar un impuesto especial. El plazo para inscribirse es el 30 de abril de 2025, aunque podría extenderse hasta el 31 de julio de 2025.

    Cómo adherirse

    En un primer momento los contribuyentes tienen que manifestar su adhesión al régimen presentando una declaración jurada especial y abonar un impuesto sobre los activos regularizados. Dicho gravamen está calculado con una tasa del 15% sobre el valor de los activos regularizados. Según señala la normativa, podrán optar por pagar el nuevo tributo en cuotas de hasta 5 años.

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