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ARCA investigará algunas cuentas de contribuyentes a partir de 2025 y las embargará si no están en regla: qué debés saber

La nueva Resolución exceptuó a entidades sin fines de lucro y empresas de salud, por lo tanto, miles de contribuyentes podrían exponerse a sanciones o embargos. Conocé los detalles.

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  • Luego de la eliminación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la creación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), desde el Gobierno nacional confirmaron que el nuevo organismo investigará algunas cuentas de contribuyentes desde el 1° de enero del 2025 y, en caso de no estar en regla, podrían embargarlas.

    En este sentido, ARCA podrían iniciar una serie de juicios o imponer una serie de trabas por los incumplimientos tributarios a los contribuyentes. Cabe destacar que esta posibilidad estaba suspendida, sin embargo, con la nueva resolución 1445/2024 del Ministerio de Economía publicada a finales del 2024 el escenario cambió.

    En un principio, la extitular de la exAFIP, Florencia Misrahi, había dispuesto mantener el periodo de gracia que se encontraba vigente desde el gobierno anterior comandado por Alberto Fernández. Conocé los detalles.

    Qué dice la normativa de ARCA sobre la posibilidad de embargar cuentas de contribuyentes

    De acuerdo a una nueva resolución, a partir del 1° de enero del 2025 volverían los juicios y embargos del fisco contra los contribuyentes que presenten alguna mora con respecto a sus obligaciones.

    La normativa del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, establece que podrán regularizarse las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social que se vencieron el pasado 31 de marzo del 2024. Esto también abarca las multas y otras sanciones firmes originadas en infracciones que se cometieron hasta la fecha mencionada, relacionadas o no con esas obligaciones, al igual que los intereses resarcitorios y/o punitorios.

    La misma norma extiende la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud hasta el 31 de julio de 2025.

    Cuáles son los sectores excluidos de la norma de ARCA

    Más allá de lo mencionado con anterioridad, la norma extiende la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud. Entre los considerandos de la resolución se destaca la persistencia de las circunstancias particulares que atraviesan ambos sectores, las que motivaron la implementación de la medida inicialmente en enero de 2024.

    Por lo tanto, ARCA definirá los parámetros para la aplicación de la medida a entidades sin fines de lucro, mientras que para el sector salud, se considerará la información proporncionada por el Ministerio de Salud. Desde el organismo, aclaran que el objetivo es ofrecer "alivio a dos sectores clave para el desarrollo social y económico del país".

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