El Gobierno desreguló las cuotas de los colegios privados: ahora podrán fijarse sin autorización del Estado. La normativa se publicó este martes en el Boletín Oficial a través del Decreto 787/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial, De esta manera, se derogó el decreto 2417/1993, el cual durante más décadas reguló la relación entre los establecimientos privados y el Estado en lo que tiene que ver con cuotas, matrículas y sus aumentos correspondientes.
El Gobierno liberó las matrículas y cuotas de las escuelas privadas: ahora, se podrán fijar sin autorización
La medida se hizo efectiva mediante el Decreto 787/2025, publicado este martes, que deroga el DNU 2417/1993, el cual exigía que tanto aquellas instituciones que contaran con contribuciones estatales como las que no sean autorizadas a modificar el valor de los aranceles.
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Aseguran que permitirá la "libre contratación" del sector privado.
La decisión elimina la obligación de informar anticipadamente los montos y de solicitar autorización previa para aplicar modificaciones. Dentro de los considerandos, el Gobierno explica que la norma derogada “presentaba limitaciones y requerimientos que dificultaban la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país”.
Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, aclaró, sin embargo, que la medida solo alcanzará a los colegios que son de gestión privada sin aportes estatales y que solo representan el 6% del sistema, que serían alrededor de 2.000 instituciones en todo el país.
Esto se debe a que permanece la vigencia del Decreto 2542/1991, que otorga al Poder Ejecutivo la facultad de establecer aranceles máximos para las escuelas subvencionadas. De no cumplir, el establecimiento podría perder el subsidio.
Desregulación de la educación privada: los argumentos del Gobierno
Entre los argumentos centrales, el decreto sostiene que la intervención estatal en la fijación de aranceles “ha generado efectos contraproducentes que afectan el funcionamiento y la viabilidad económica” de los colegios. En particular, advierte que la exigencia de informar y autorizar los valores de matrícula y cuotas con anticipación “limita la capacidad de adaptación a las fluctuaciones del mercado, impidiendo ajustar los precios según la realidad económica y los costos operativos”.
El Gobierno también argumenta que este mecanismo de control “termina perjudicando a las familias”, ya que los institutos suelen fijar aranceles más elevados al inicio del ciclo lectivo por temor a futuros aumentos de costos no autorizados, lo que “reduce las posibilidades de elección de los padres y, en algunos casos, los obliga a trasladar a sus hijos a otras instituciones”.
El texto también invoca el derecho de propiedad de los institutos privados, al afirmar que “deberían tener la libertad de establecer sus condiciones de contratación y los salarios de su personal sin necesidad de aprobación estatal”. Según la visión oficial, la rigidez impuesta por las tarifas reguladas “puede derivar en una pérdida de calidad educativa, ya que los establecimientos no pueden responder a tiempo a variaciones en los costos de insumos, salarios y gastos operativos”.
En consecuencia, el Gobierno instruyó al Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, a revisar las disposiciones del Decreto 2542/1991, considerado la norma base del sistema de financiamiento de la educación privada, y a elevar una propuesta de actualización.
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