El Gobierno estableció una modificación en la periodicidad de ajuste de tarifas para el transporte y distribución de gas natural, que dejarán de ajustarse semestralmente para hacerlo de forma mensual, basándose en índices establecidos por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS). Estas subas tendrán impacto en la factura a pagar por los usuarios.
Gas: el Gobierno aprobó otro ajuste mensual de tarifas que impacta en la boleta
La revisión sobre los precios de transporte y distribución dejan de hacerse de forma semestral para pasar a ser una vez por mes, basándose en índices establecidos por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).
La medida se implementó a través de la Resolución 241/2025 de la Secretaría de Energía, publicada este jueves en el Boletín Oficial con la firma de su titular, María Carmen Tettamanti.
La norma establece que las tarifas de transporte y distribución de gas "serán ajustadas mensualmente de acuerdo con la variación operada en los índices establecidos al efecto por el ENARGAS en la Revisión Quinquenal Tarifaria correspondiente".
"La Licenciataria podrá presentar a la Autoridad Regulatoria los cuadros tarifarios ajustados para su aprobación, juntamente con una memoria de cálculo bajo el formato que establezca la misma Autoridad Regulatoria", añade. En cuanto al transporte, el esquema deberá ser aprobado en 7 días, mientras que el de distribución tendrá 15 para su visto bueno. En ambos casos, no se harán efectivos antes del día 1º del correspondiente mes.
En sus considerandos, la resolución plantea que "en el contexto del estado de emergencia vigente, se han adoptado diversas medidas regulatorias orientadas a la sostenibilidad económica del sector; estas acciones se han materializado en un esquema de ajustes tarifarios graduales, concebido para mitigar la volatilidad en los costos para los usuarios, fomentando la predictibilidad de sus economías domésticas".
Así, "con la puesta en vigencia de los resultados de la Revisión Quinquenal de Tarifas, es necesario establecer un mecanismo de ajuste periódico de las tarifas que sostenga los principios de gradualidad y previsibilidad, evitando todo ajuste significativo derivado de la acumulación de ajustes tarifarios no implementados con anterioridad".
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