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El Senado bonaerense debate la ley de Alcohol Cero al volante

La Cámara Alta discutirá el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo que consiste en establecer que quienes hayan consumido bebidas alcohólicas no podrán conducir un vehículo. Lo que implicaría sanciones como multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación.

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  • El Senado bonaerense debate la ley de Alcohol Cero en la provincia de Buenos Aires que modificará el valor mínimo permitido en la actualidad de 0.5 g/l en conductores. Su incumplimiento supone sanciones que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación.

    El proyecto fue presentado en abril por el gobernador de la provincia de Axel Kicillof y el ministro de Transporte, Jorge D'Onofrio, en abril pasado, y prevé la modificación de la Ley 13.927 del Código de Tránsito para establecer que quienes hayan bebido alcohol no puedan conducir un vehículo.

    Con la modificación propuesta, "queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor, con impedimentos físicos o psíquicos sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir o con una concentración de alcohol superior a cero miligramos de alcohol".

    En ese sentido, D'Onofrio, explicó en declaraciones a Télam que el tratamiento de la propuesta "es un gran avance para la Provincia" y consideró de suma importancia "que la ley se pueda implementar, ya que será un paso fundamental para emprender el cambio cultural que pretendemos en materia de seguridad vial".

    Cuáles son las penalidades por infringir la ley de Alcohol Cero

    La iniciativa -que fue discutida en comisiones y cuenta con el apoyo de la oposición tras la inclusión de un fondo para municipios- contempla penalidades por infringir la ley que incluye desde arresto hasta la retención de la licencia y la inhabilitación para conducir de acuerdo al nivel de alcohol en sangre: hasta los 0,49 gramos por litro la retención será de tres meses, mientras que los que tengan más de 1,5 g/l será de 18 meses.

    Los infractores también deberán afrontar una multa y la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública, que podrá aplicarse como alternativa a la pena pecuniaria.

    La siniestralidad vial es la primera causa de muerte en personas menores de 35 años y el alcohol está presente en 1 de cada 4 siniestros viales.

    En qué provincias rige la tolerancia cero al alcohol

    La tolerancia cero al alcohol ya rige como ley en las provincias de:

    También como ordenanza municipal en los partidos bonaerenses de General Pueyrredón, Moreno, Tigre, Ezeiza, Bragado y General Rodríguez

    A su vez en ciudades del interior del país como Posadas y Garupá (Misiones), Neuquén Capital, Pueblo Esther, Reconquista, Rosario y Santa Fe (Santa Fe).

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