La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la posibilidad de deducir del Impuesto a las Ganancias los gastos en educación, con un tope del 40% sobre el mínimo no imponible de cada período fiscal. ¿Cómo hacerlo?
¿Cómo deducir los gastos educativos de Ganancias?
Rige para establecimientos públicos y privados, tanto para el nivel primario, secundario, terciario y universitario.
En primer lugar, debemos saber que rige para establecimientos públicos y privados, en los siguientes ítems:
- Transporte.
- Guardería.
- Jardín materno infantil.
- Útiles escolares.
- Guardapolvos y uniformes.
- Clases particulares.
Tanto para el nivel primario, secundario, terciario y universitario.
¿Cómo hacer el trámite?
- Entrar en la página web de AFIP con "Acceso con clave fiscal" y seleccionar "SIRADIG".
- Si el empleador está registrado, ir a la Carga del Formulario 572. Pedirá los datos del empleador, con CUIT y fecha de ingreso.
- A la derecha, marcar la opción Gastos Educativos.
- Allí se debe cargar el CUIT del colegio o universidad. Luego tomar los comprobantes para agregar tres datos importantes: fechas, número de comprobante (es el que se encuentra arriba a la derecha en la factura) y seleccionar si se trata de una factura tipo A, B o C.
- Detallar el monto.
- Hacer clic en Guardar.
Importante: hay tiempo para ingresar los comprobantes hasta el 31 de marzo.
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