El nuevo protocolo de Patricia Bullrich habilita a las fuerzas de seguridad a disparar sin identificarse

Los efectivos estarán amparados dentro de cinco casos que se especifican en el DNU 125/2024. El Ministerio de Seguridad remarcó la necesidad de la existencia de un reglamento "en beneficio de la seguridad de la comunidad y de los efectivos".

En medio de la escalada de violencia que atraviesa Rosario, Patricia Bullrich presentó en esa ciudad un nuevo reglamento para las fuerzas policiales y de seguridad. La norma se hizo oficial a través del DNU 125/2024 y dentro de la letra chica del flamante protocolo se destaca la flexibilidad para que los efectivos puedan usar armas de fuego "sin la necesidad de identificarse como tales e intimar a viva voz a cesar la actividad ilícita".

En el decreto se especifican cinco casos en la que policías o cualquier otro oficial podrá disparar sin dar la voz de alto:

  • Cuando la identificación pueda implicar que el obrar de un agresor incremente el riesgo de muerte o de lesiones graves a otra persona.
  • Cuando se pusiera indebidamente en peligro la integridad física o la vida de los propios funcionarios de las fuerzas policiales y de seguridad federales.
  • Cuando la identificación expusiere la ubicación de un integrante o más efectivos de las fuerzas policiales y de seguridad federales y ello significara un riesgo para su vida o entorpeciera la protección de la integridad física o la vida de terceras personas.
  • Cuando se obrare ante más de un agresor y la respuesta frente al riesgo inminente de la integridad física o de la vida de los funcionarios o de terceras personas implique una desventaja numérica o táctica.
  • Cuando la identificación resultare evidentemente inadecuada o inútil, dadas las circunstancias del caso.

"Este reglamento plantea de manera imperativa contar con pautas claras para el uso del armamento por parte de las fuerzas y esto se da cuando existe un peligro inminente", expresó Bullrich en la ciudad santafesina. "Hay un concepto de la progresividad. Si se puede no utilizar, no se utiliza", aclaró.

También detalló que el Gobierno recibirá unas Taser y que también están en proceso de compra de unas Byrna, un arma no letal de fabricación nacional: "Es como un pequeño rifle de aire comprimido. La están usando algunas policías y que en principio las vamos a aplicar en distintos lugares, como en aeropuertos y estaciones de trenes".

La ministra de Seguridad, de esta manera, profundiza su discurso del "es todo o nada" y replica durante esta nueva etapa las políticas reproducidas en el gobierno de Mauricio Macri, dentro del cual se destacó el caso de Luis Chocobar, policía que abatió a un delincuente y fue hallado culpable por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego cometido con exceso del cumplimiento del deber.

La funcionaria también fue acusada por la muerte de Santiago Maldonado durante un operativo de gendarmería y su ex jefe de Gabiente, Pablo Noceti, fue denunciado ante la Justicia.

Dentro de la resolución publicada en el Boletín Oficial se habla de la necesidad de la existencia de un reglamento "en beneficio de la seguridad de la comunidad y de los efectivos" y se advierte que el uso de armas solo estará permitido "en cumplimiento de sus deberes cuando ello sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas".

En esa misma línea, remarca que solamente se hará uso de las mismas "cuando resulten ineficaces otros medios no violentos", entre los que enumera:

  • En defensa propia o de otras personas, cuando hubiere peligro inminente de muerte o de lesiones graves.
  • Para impedir un delito grave.
  • Para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad, o para ayudar a efectuarla.
  • Para impedir la fuga de quien represente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, y hasta lograr su detención.
  • Para mantener la seguridad y el orden en los establecimientos de detención cuando corra peligro la integridad física o la vida de las personas que se encontraren bajo custodia o detenidas o de quienes tienen a su cargo su seguridad.

Las fuerzas policiales, como parte de cumplimiento de su deber, tienen la obligación de que "se preste asistencia y servicios médicos a las personas afectadas y se comuniquen los hechos de manera inmediata a la autoridad judicial competente". También deberán notificar a su familia.

Además, aclara que en caso de que el oficial actúe ajustado al protocolo, y mientras no haya una resolución judicial firme que resuelva lo contrario, no puede percibir sanciones de ningún tipo.

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