En una sesión tensa y denunciada por el Gobierno como irregular, la oposición en el Senado aprobó este jueves una batería de proyectos impulsados por la oposición que tensionan el equilibrio fiscal de la gestión libertaria. Se trata de tres iniciativas: la mejora en los haberes jubilatorios, la prórroga de la moratoria previsional y la declaración de emergencia para personas con discapacidad.
Sin embargo, las expectativas de que las tres leyes sean promulgadas son bajas dado que el presidente Javier Milei adelantó que vetará cada una de las leyes y que, en caso de insistencia del Congreso, acudirá a la vía judicial. “Vamos a vetar. Si el veto se cae, lo vamos a judicializar. El daño que podrían causar es mínimo. La política del superávit fiscal es permanente”, sentenció el mandatario en declaraciones a El Observador.
En línea con ese mensaje, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, reiteró que “la posición del Gobierno nacional con respecto al equilibrio fiscal fue planteada desde el inicio” y sostuvo que “la dureza” en la implementación del programa fue advertida desde el primer encuentro con los gobernadores.
De concretarse, estos vetos se sumarán a los dos que ya utilizó Milei en lo que va de su primer año de gestión: uno contra la reforma de la fórmula jubilatoria, que proponía un refuerzo adicional para compensar el salto inflacionario de enero, y otro contra la ley de financiamiento universitario, aprobada con amplio respaldo legislativo e impulsada tras las protestas masivas del sector académico.
El Ejecutivo también anunció que judicializará la sesión del Senado, al considerar que hubo irregularidades en la convocatoria. En los hechos, se trata de un doble rechazo: político y jurídico. La estrategia apunta a deslegitimar la sesión y, a la vez, evitar que las leyes atenten contra su programa del gobierno.
Costo político en aumento
Sin embargo, la reiteración del recurso del veto, aunque legalmente incuestionable, podría acarrear un costo político creciente para la administración libertaria. El rechazo sistemático a leyes que logran consensos transversales en el Congreso, en particular aquellas vinculadas a sectores vulnerables como jubilados, personas con discapacidad y universidades públicas, corre el riesgo de ampliar el margen de aislamiento del Ejecutivo frente a un Congreso que, aún sin mayoría automática, empieza a marcar agenda.
A mediano plazo, esta dinámica podría complejizar los canales de negociación con bloques dialoguistas y tensionar aún más la relación con los gobernadores, varios de los cuales avalaron las iniciativas votadas. La decisión de Milei de judicializar la labor legislativa introduce, además, un elemento inédito en la puja de poderes, que podría profundizar la lógica de enfrentamiento institucional y debilitar los puentes necesarios para avanzar con reformas estructurales.
El ranking de los vetos presidenciales
El sitio Chequeado compartió un informe con los vetos que realizó cada presidente desde el retorno de la democracia. El mismo está encabezado por el expresidente Carlos Menem, quien en su primera gestión vetó un total de 109 leyes (entre vetos parciales y totales) y en su segunda gestión un total de 86. En el segundo puesto se ubica Raúl Alfonsín con 49 vetos y le sigue Fernando de la Rúa con 46 vetos. En un año y siete meses de gestión, Milei lleva acumulado 2 vetos.
Qué es un veto presidencial y cómo funciona
El veto es una herramienta que otorga la Constitución Nacional al Presidente. Esta atribución fue incorporada en la Carta Magna de 1853, que estableció un sistema presidencialista similar al de los Estados Unidos.
Específicamente, es el artículo 83 de la Constitución el que regula esta instrumento político. De esta manera, el Poder Ejecutivo puede decidir rechazar total de un proyecto de ley aprobado por ambas Cámaras del Congreso de la Nación.
El veto puede realizarse de manera total, es decir a todo el proyecto, o bien parcial, dejando de lado simplemente algunos artículos del documento. Esta alternativa fue introducida en la Reforma Constitucional de 1994.
En detalle, una vez sancionada una ley en el Congreso, el jefe de Estado cuenta con 10 días hábiles para pronunciarse sobre el proyecto y definir si vetarlo o promulgarlo. Esta decisión, además, debe contar con la firma de uno o más ministros de su Gabinete.
¿Cuál es el rol que juega el Congreso?
El artículo 83 de la Constitución nacional estipula que, después del veto, el proyecto debe regresar a la primera Cámara donde comenzó su debate en el recinto. En este punto, el Congreso juega un rol clave ya que, de sumar las voluntades necesarias, puede doblegar la decisión del Presidente.
En este sentido, una vez que el máximo mandatario toma la decisión de vetar el proyecto, el mismo volverá al Congreso para ser nuevamente tratado por por el Poder Legislativo. En caso de querer insistir con su promulgación, los legisladores deberán alcanzar una mayoría calificada (dos tercios de los presentes),- en ambas Cámaras. En estas situaciones, las votaciones son “nominales”, es decir por sí o por no.
De esta manera, si el proyecto suma el apoyo necesario en el Congreso de la Nación, el documento deberá ser promulgado - obligatoriamente - por el Presidente de la Nación. En cambio, si las Cámaras difieren o no se consiguen las mayorías calificadas, el proyecto de ley quedará por fuera del circuito parlamentario y podrá volver a ser tratado recién el siguiente año, una vez suceda la reapertura de sesiones ordinarias.