La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta online de una reconocida marca de aceite de oliva extra virgen producido en Mendoza por estar falsamente rotulado, lo que puede representar un peligro para la salud pública.
La medida se implementó a través de la Disposición 1261/2025, publicada este jueves en el Boletín Oficial. La norma repasa que un particular consultó ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la genuinidad del producto.
Se trata del aceite de oliva extra virgen marca La Mediterránea, que cuenta en sus etiquetas con el número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) Nro. 13761982 y el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) Nro. 13631954, ambos inexistentes.
Desde ANMAT remarcan que, debido a esto, "no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado", lo que implica que "no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad".
Por ello, el organismo dictaminó la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta online de este aceite de oliva.
Aceite de oliva extra virgen La Mediterránea Mendoza ANMAT
ANMAT detectó que el aceite de oliva extra virgen La Mediterránea contaba en su etiqueta con números de registro inexistentes.
Boletín Oficial
ANMAT prohibió la venta de harina de almendra
Además, ANMAT prohibió la venta de harina de almendra con piel vendida a granel, por carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulado al consignar en su rótulo un número de RNE perteneciente a otra empresa y un número de expediente de RNPA inexistente.
La Disposición 1270/2025 relata que se inició una investigación a partir de una denuncia de la empresa titular del RNE que exhibía el producto en su rótulo. "El titular de la empresa informó que un particular adquirió el mencionado producto en la localidad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, en cuyo rótulo figura el número de RNE del que es titular, pero que no reconoce el mismo como propio, dado que no incluye su marca y tiene un formato distinto al original", expresa el texto
Ante esto, por tratarse de un riesgo para la salud por no poder garantizarse las condiciones de elaboración, ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto rotulado como: “Harina de almendra con piel; RNE: 02-041.368; RNPA: EX-221-27015124”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
ANMAT prohibió la venta de una reconocida marca de miel
ANMAT prohibió también la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de una reconocida marca de miel proveniente de Córdoba, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNPA y RNE inexistentes.
La Disposición 1271/2025 encuentra su origen en una notificación proveniente de la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA), en relación a la comercialización del producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.
Así, se verificó que la miel marca Cejamebel - Multifloral silvestre de las sierras cordobesas cuenta con registros inexistentes, por lo que se encuentra en infracción y constituye un producto ilegal.
Miel Cejamebel ANMAT
La miel Cejamebel, elaborada en Ischilín, Córdoba, exhibe en su rótulo números de RNPA y RNE inexistentes.
Boletín Oficial