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Represión del 2001: la Corte Suprema dejó firmes las condenas a Enrique Mathov y Rubén Santos

El exsecretario de Seguridad y el exjefe de la Policía Federal del gobierno de Fernando De la Rúa habían sido condenados a 4 años y tres meses de prisión y 3 años y seis meses, respectivamente, por los hechos ocurridos el 19 y 20 diciembre de 2001. La Justicia ordenó la detención de ambos.

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  • La Corte Suprema de Justicia dejó firmes las condenas a prisión impuestas al ex secretario de Seguridad del gobierno de Fernando De la Rúa, Enrique Mathov, y al ex jefe de la Policía Federal Rubén Santos por la represión del 19 y 20 diciembre de 2001 que precedió a la renuncia del fallecido expresidente. Por su parte, la jueza Adriana Palliotti, del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 6, ordenó la detención de ambos exfuncionarios.

    El máximo tribunal del país rechazó por "inadmisibles" los recursos extraordinarios que presentaron las defensas de Mathov y Santos, con lo cual quedaron firmes las penas que se les habían impuesto tras una revisión de la sentencia en la Cámara Federal de Casación, según la sentencia a la que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

    Mathov está condenado a 4 años y tres meses de prisión y Santos a 3 años y seis meses, en ambos casos de cumplimiento efectivo, aunque permanecían en libertad porque esa sentencia no estaba firme, por la muerte de tres de los manifestantes, Gastón Riva, Carlos Almirón y Diego Lamagna y las heridas que la Policía causó a otras 20 personas durante las protestas en Plaza de Mayo, en medio del estado de sitio que había decretado De La Rúa.

    En ambos casos deberían empezar a cumplir la condena por la represión y el homicidio culposo de tres de las víctimas en la represión del 19 y 20 de diciembre de 2021, pero como son mayores de 70 años sus defensas podrían pedir el arresto domiciliario.

    Santos y Mathov fueron condenados en un juicio oral en 2016 por el Tribunal Oral Federal 6; el veredicto de ese juicio oral fue apelado, lo revisó Casación y ordenó modificar las penas, que fueron reducidas, y a las que ahora la Corte dejó firmes al rechazar los recursos.

    En su voto, el ministro de la Corte Ricardo Lorenzetti aclaró que "cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que en la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida".

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