Después de haber pasado los feriados del 17 y el 20 de este mes, ahora nos encontramos con la incertidumbre acerca de la próxima fecha marcada en el calendario nacional.
Después de haber pasado los feriados del 17 y el 20 de este mes, ahora nos encontramos con la incertidumbre acerca de la próxima fecha marcada en el calendario nacional.
Sin embargo, no todos tendrán la suerte de disfrutar de un descanso, ya que algunos deberán cumplir con su horario laboral. En esta ocasión, proporcionaremos una explicación sobre cómo se compensarán esos días laborados.
Según lo establecido en el Artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 27.774, en los días feriados nacionales se aplican disposiciones específicas en cuanto al descanso.
Sin embargo, aquellos que deban trabajar en dichos días recibirán una compensación económica que consiste en la remuneración habitual de los días laborables, más una cantidad equivalente.
Esto significa que quienes trabajen el próximo 9 de julio recibirán paga doble.