La jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado procesó a seis miembros de las Fuerzas Armadas por la brutal agresión que puso en riesgo la vida de la marinera segundo de Tropa Voluntaria Brisa Páez, el 4 de abril pasado, durante un “entrenamiento antidisturbios” llevado a cabo en el edificio de la Armada Argentina, en Vicente López.
“Los hechos aquí investigados reflejan, una preocupante distancia entre las prácticas institucionales observadas y las exigencias legales, convencionales y constitucionales vigentes en materia de derechos humanos”, consideró la jueza un pasaje del fallo de 120 páginas, en el que también dispuso el sobreseimiento de dos imputados.
La magistrada ofició al ministerio de Defensa y al presidente de la Comisión de Defensa del Senado “con el objeto de poner en su conocimiento que en el marco del presente proceso ha quedado debidamente reflejado y demostrado que durante el desarrollo de una actividad de un entrenamiento (…) se lesionó gravemente a personal militar femenino encontrándose comprometidos derechos fundamentales en el contexto de evidente ejercicio de violencia institucional y violencia de género, por parte de superiores jerárquicos”.
Entre los procesados se encuentra Juan Gabriel Escobar (ex pareja de la víctima), acusado de haber agredido a Páez hasta generarle una grave lesión que puso en riesgo su vida, según surge de la investigación en la que se realizaron análisis especiales con equipos de salud interdisciplinarios. “Por alrededor de un total de once días consecutivos, Brisa Antonella Páez permaneció en estado de inconsciencia profunda por el coma farmacológico inducido con todo lo que ello implica”, detalló la jueza.
“Simulando ser un grupo de manifestantes y aprovechándose de la situación de indefensión e inexperiencia de la víctima, el Cabo Segundo Escobar le efectuó a la mentada Páez, con quien habría mantenido un vínculo amoroso, cuanto menos, una patada sobre el escudo protector, provocando que caiga de espaldas bruscamente al suelo e impidiendo que se reincorpore”, se había detallado en la imputación.
Al analizar la situación específica del imputado Escobar, la jueza sostuvo que los elementos recabados “demuestran que el nombrado actuó con alevosía, aprovechándose del contexto de simulacro de manifestación para intentar que el delito perpetrado parezca un accidente, con la intención de agredir a la víctima debido a sentimientos de superioridad, celos, menosprecio por la mujer, odio y resentimiento que fueran comprobados en el expediente, entre otros motivos posibles”, como el de un posible embarazo.
“Tal como lo describieron los testigos y la propia víctima, Escobar realizó maniobras mediante las cuales impidió en varias oportunidades que Páez pudiera levantarse del suelo colocándola nuevamente en una situación de vulnerabilidad frente a posibles nuevos ataques físicos”, agregó.
“Resulta claro que el dolo del imputado se vio atravesado por motivaciones de género, dado que los dichos de la víctima, corroborados por testigos y mensajes aportados que develaron antecedentes de control, celos, humillaciones y maltrato por parte de Escobar, permiten inferir que el accionar del nombrado obedeció no a un conflicto neutro sino a una intención de disciplinamiento, lo que revela una motivación basada en su condición de género”, continuó la jueza.
Además de procesar a Escobar, la jueza sostuvo que hay en el expediente elementos suficientes para procesar a Leandro Morales, Miguel Ángel Reyes, Leandro López, Rodrigo Exequiel Tejerina y Pablo Ezequiel Bucarón en relación a la imputación que les fuera referida, mientras que desvinculó de los hechos a Damián Ezequiel Ábalos y Diego Emanuel Ferraut.
Escobar fue procesado con prisión preventiva por “lesiones graves triplemente agravadas por haber sido cometidas contra quien mantuvo una relación de pareja, mediando alevosía y violencia de género en concurso ideal con abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público” y se le fue trabado un embargo de hasta cubrir 6 millones de pesos.
La práctica en la cual ocurrieron los hechos se realizó por orden del encargado de Seguridad de la Jefatura Militar Vicente López, el suboficial principal Reyes, que quedó procesado por “abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público”; y estuvo bajo la dirección del cabo primero Morales, “considerarlo prima facie penalmente responsable de los delitos de lesiones culposas en concurso ideal con abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
En tanto, los imputados López, Tejerina y Bucarón, todos instructores de la práctica en la que se produjo el hechos investigado, recuperaron su libertad, al igual que los dos superiores, y quedaron procesados por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos.
De los testimonios recabados en la investigación surge que los procesados intentaron, en todo momento, evitar que el hecho trascendiera y que incluso el “superior Morales” les habría dicho que en cualquier caso los practicantes dijeran que se golpearon en sus casas.