El juez federal Ariel Lijo resolvió este martes archivar la causa que investigaba presuntas irregularidades en la Obra Social del Poder Judicial de la Nación (OSPJN), al considerar que no se cometió ningún delito. La denuncia había sido impulsada a fines de 2021 por el Sindicato de Trabajadores Judiciales (SITRAJU) y había cobrado relevancia durante el intento de juicio político contra los jueces de la Corte Suprema promovido por el anterior gobierno.
Según la presentación original, durante la pandemia de Covid-19 (2020-2021) se habrían realizado contrataciones irregulares con firmas sin antecedentes y se habría implementado un sistema de atención diferencial para determinados afiliados.
Los principales apuntados en la investigación fueron el juez de la Corte Juan Carlos Maqueda y el médico Aldo Tonón, quien había sido propuesto por Maqueda para ocupar la dirección médica de la obra social. También se incluyó en la investigación a los jueces Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, quienes convalidaron las decisiones cuestionadas. En cambio, el ministro Ricardo Lorenzetti quedó al margen del expediente, ya que, según consta en la causa, realizó objeciones y votó en disidencia respecto de las resoluciones adoptadas por la mayoría del tribunal.
“No se ha corroborado conducta alguna penalmente relevante que permita avanzar en el proceso, o al menos no poseen un claro correlato que pudiera considerarse antinormativo según la evidencia recabada”, expresó Lijo en su fallo.
La denuncia refería, entre otros puntos, a cambios en el organigrama de la OSPJN y a distintas resoluciones administrativas adoptadas en ese marco. Sin embargo, el juez entendió que “no parece que la decisión adoptada por mayoría hubiera sido extralegal, arbitraria o desproporcionada, más allá de las válidas observaciones que merecieran según la visión” del juez Lorenzetti, quien votó en disidencia.
Lijo agregó que “los señores Ministros que con su voto y su firma acompañaron el acuerdo consideraron que las propuestas efectuadas por el órgano directivo de la OS cumplían con los requisitos legales y reglamentarios previstos, y no estaban basados en alguna causal que pudiera poner en duda la transparencia de su designación”.
Finalmente, el magistrado sostuvo que “la lectura de los informes, la compulsa de las constancias remitidas y del contenido y fundamento de las Resoluciones y Acordadas del Máximo Tribunal no revelan hasta el momento algún indicio de ilicitud que justifique avanzar de acuerdo con las normas del procedimiento penal”. Con esta decisión, el expediente quedó archivado por “inexistencia de delito”.