El exgimnasta olímpico Federico Molinari irá a juicio por una causa de acoso

El exgimnasta olímpico será juzgado por presunto acoso digital a una menor de edad. La denuncia fue presentada en 2023 y la Justicia consideró que hay pruebas suficientes para avanzar con el proceso.

El Juzgado de Garantías N.º 5 de Tigre resolvió este elevar a juicio la causa por la que el exgimnasta olímpico Federico Molinari está imputado por el delito de grooming, en perjuicio de una menor de edad. La denuncia había sido presentada en marzo de 2023 por la madre de una adolescente, quien al momento de los hechos tenía 16 años.

La investigación estuvo a cargo de la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Explotación Sexual Infantil y la Trata de Personas del Departamento Judicial de San Isidro, encabezada por el fiscal Gonzalo Acosta. En abril de 2025, Acosta solicitó la elevación a juicio tras considerar que existen elementos suficientes para avanzar con la acción penal.

Según consta en la denuncia, el contacto entre Molinari y la menor habría comenzado en 2020, a través de redes sociales, especialmente Instagram. La madre de la joven explicó que la familia es oriunda de Mendoza y se trasladó a Buenos Aires con el objetivo de acompañar la carrera deportiva de su hija, quien se entrenaba en el gimnasio que el exatleta dirige en la localidad de Martínez, bajo la supervisión de su pareja, Paula Cancio.

Entre las pruebas presentadas se incluyeron capturas de mensajes atribuidos a Molinari. Uno de ellos, enviado tras una competencia, señalaba: “Cómo agitaste al público, te llevaste todas las miradas, incluso la mía”. De acuerdo con la denuncia, la situación tuvo un impacto emocional en la joven, que expresó su intención de abandonar la gimnasia artística y debió iniciar un tratamiento psicológico.

Federico Molinari, quien obtuvo un diploma olímpico en Londres 2012 y se retiró de la competencia en 2021, deberá afrontar el proceso judicial en los próximos meses. El delito de grooming está tipificado en el artículo 131 del Código Penal y sanciona a quienes, por medios digitales, contactan a menores de edad con fines de índole sexual.

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