Cuando un jubilado fallece, el impacto no solo es emocional, sino también económico para su entorno más cercano. Frente a esa situación, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) contempla el otorgamiento de un beneficio para determinadas personas que dependían del titular. Se trata de una Pensión No Contributiva por fallecimiento, destinada a garantizar una continuidad parcial de los ingresos.
Atención ANSES: quiénes pueden pedir una pensión cuando muere un jubilado
El sistema de la Administración Nacional de la Seguridad Social contempla una prestación destinada a familiares que acrediten vínculo y dependencia con el beneficiario fallecido.
Este beneficio representa una porción del haber mensual que cobraba el jubilado fallecido, y su asignación no es automática: requiere cumplir condiciones específicas y seguir un proceso administrativo. La normativa actual establece que el vínculo con el titular debe estar debidamente acreditado y que la documentación debe ser presentada correctamente a través de los canales habilitados por el organismo.
Entre quienes pueden acceder se encuentran esposos, esposas, concubinos, hijos menores y personas con discapacidad. El inicio del trámite se realiza de manera virtual, a través del sitio oficial de ANSES, aunque en ciertos casos puede complementarse de forma presencial en una oficina del organismo.
Quiénes pueden pedir la pensión por fallecimiento de ANSES
De acuerdo con la normativa vigente, pueden acceder a la pensión por fallecimiento de ANSES las personas que tengan vínculo familiar directo con el jubilado y cumplan con ciertas condiciones. En el caso de un matrimonio legal, el o la cónyuge debe presentar la partida de casamiento actualizada.
Para concubinos o concubinas, se exige acreditar cinco años de convivencia anteriores a la fecha de fallecimiento del jubilado. En situaciones donde exista un hijo en común, ese período se reduce a dos años. Esta información debe ser respaldada con documentación válida.
Los hijos también pueden acceder al beneficio, siempre que sean menores de 18 años, estén solteros y no perciban ninguna otra prestación. También se incluye a hijos con alguna incapacidad laboral certificada, sin importar la edad, quienes pueden realizar el trámite en cualquier momento.
Cómo tramitar la pensión por fallecimiento de ANSES
El trámite comienza con la presentación de la partida de defunción del beneficiario fallecido. Para cónyuges, además, se debe entregar el DNI del solicitante, la partida de matrimonio y un formulario que se descarga desde la web oficial de ANSES, correspondiente a la Declaración Jurada de la Ley 17.562.
En el caso de los hijos o hijas, es obligatorio completar un formulario de declaración de dependencia económica, donde se detalla que la persona solicitante estaba a cargo del titular en vida. Toda la documentación será evaluada por el organismo antes de otorgar o rechazar la pensión.
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