El referente mapuche Facundo Jones Huala recuperará su libertad en las próximas horas, luego de que la Corte Suprema de Chile considerara que se encuentra "ilegalmente privado de su libertad", ya que cumplió la totalidad de la pena el pasado 14 de junio.
El fallo del máximo tribunal del país trasandino hizo lugar a un recurso de amparo que presentó la defensa de Jones Huala y ordenó la inmediata liberación del condenado ex líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), quien había sido condenado el 21 de diciembre de 2018 por los delitos de incendio y porte ilegal de armas de fuego, hechos cometidos en 2013.
En ese momento, Jones Huala escapó a la Argentina, pero la Justicia chilena le dio dos condenas. Una de ellas fue a seis años de cárcel y la otra a tres años.
Qué dice el fallo de la Corte Suprema de Chile que ordenó la liberación de Facundo Jones Huala
La segunda sala del máximo tribunal consideró que se debe abonar al cumplimiento de la medida el tiempo en que estuvo detenido en Argentina por un proceso de extradición, por lo que el condenado cumplió la totalidad de la pena en junio pasado.
Ante esta situación, los magistrados aludieron que "a juicio de esta Corte, aun cuando exista una discrepancia en el momento de término de la condena del amparado, lo cierto es que el cumplimiento de esta en territorio nacional es posible dada la extradición autorizada por la República Argentina, que tenía como supuesto un tiempo preciso a cumplir como saldo de condena, conforme se explicitó en el requerimiento de extradición".
"Conforme se viene razonado la privación de libertad del amparado se ha extendido por un tiempo superior al cual el Estado de Chile se obligó, de manera que, como se ha indicado no es posible invocar normativa interna para desconocer aquello y hacerlo no solo configura un incumplimiento a tratados internacionales, sino que en el ordenamiento interno deviene en ilegal", añadieron.
El fallo también señaló que "el saldo de condena que el amparado debía cumplir conforme se estableció en las sentencias de extradición era de 1 año, cuatro meses y 17 días, a este periodo de tiempo se debe descontar el abono efectuado por el Juzgado de Garantía de Río Bueno, correspondiente al tiempo que el amparado permaneció privado de libertad en Argentina durante la tramitación de la extradición, correspondiente a 11 meses y 5 días, lo que equivale a 341 días. Así las cosas, el saldo que al amparado le resta por cumplir es de 5 meses y 12 días, que corresponden a 162 días".
"Teniendo presente que el condenado reingresó a cumplir el saldo de pena el 4 de enero del 2024, la pena se cumplió el 14 de junio de 2024, de manera que como se ha venido razonando, se encuentra ilegalmente privado de su libertad", concluye el fallo.