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Salarios, vacaciones y despidos: qué cambios hay en la reforma laboral que aprobó Diputados

La Cámara baja le dio media sanción al proyecto, pero, como sufrió modificaciones, ahora debe volver al Senado para su aprobación definitiva. El oficialismo eliminó el polémico artículo sobre las licencias por enfermedad.

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  • Tras una maratónica sesión y negociaciones contrarreloj con los bloques aliados, el gobierno de Javier Milei consiguió en las primeras horas del jueves la media sanción de la reforma laboral en la Cámara de Diputados, con 135 votos a favor y 115 en contra. Como el texto sufrió modificaciones, ahora deberá ser tratado nuevamente en el Senado.

    Para conseguir el voto de sus aliados, la mesa política del Gobierno decidió eliminar el polémico artículo 44, que trataba sobre el régimen de licencias médicas. La norma original establecía que, en licencias por enfermedad o accidentes no laborales, los trabajadores podrían percibir entre el 50% y el 75% del salario, dependiendo del caso.

    Uno de los cambios más importantes que plantea el proyecto tiene que ver con las indemnizaciones por despido, ya que modifica la base de cálculo de la indemnización por antigüedad. Solo se considerará la remuneración mensual devengada y pagada en cada mes calendario, y quedan excluidos conceptos no mensuales como el aguinaldo, vacaciones y premios extraordinarios.

    A su vez, se incorpora la posibilidad de reemplazar la indemnización tradicional por un sistema de fondo de cese laboral, si así lo acuerdan sindicatos y cámaras empresarias en el marco de un convenio colectivo. El esquema funcionaría con aportes mensuales del empleador a una cuenta individual del trabajador.

    Por otro lado, la reforma regula de manera expresa el denominado "banco de horas": las horas trabajadas por encima de la jornada legal podrán compensarse con descansos futuros en lugar de abonarse como horas extras, siempre que exista acuerdo escrito entre empleador y trabajador o en el marco de la negociación colectiva.

    El sistema deberá respetar los descansos mínimos legales, que son de 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales. También podrán aplicarse esquemas de jornada promedio según lo establezcan convenios o acuerdos sectoriales. Entre las alternativas previstas figuran el pago de horas extras, los francos compensatorios o el banco de horas.

    En cuanto a las vacaciones, el período para otorgarlas mantiene entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque podrá acordarse otro momento por mutuo consentimiento. La novedad es la posibilidad de fraccionarlas en tramos no inferiores a siete días corridos. Cuando se otorguen en forma escalonada, el empleador deberá garantizar que cada trabajador pueda tomarlas al menos una vez cada tres años durante la temporada de verano.

    Empleo público 30-11-25

    El Gobierno eliminó el artículo sobre licencias por enfermedad, pero mantuvo casi todo el texto original.

    Los puntos más importantes de la reforma laboral tras los cambios del Gobierno

    Eliminación de la "industria del juicio"

    Actualización de créditos laborales

    Nuevo sistema: Fondo de Asistencia Laboral

    Registración laboral simplificada y digital (ARCA)

    Delimitación de beneficios sociales para el trabajador

    Banco de horas

    Vacaciones más flexibles

    Licencia por enfermedad

    Régimen de Incentivo para Formación Laboral

    Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión

    Reducción de cargas sociales para nuevos empleos

    Prelación de convenios de empresas

    Compromiso de Reforma Fiscal integral

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