La Cámara de Diputados le dio este miércoles media sanción al proyecto de Ficha Limpia, una iniciativa impulsada por el PRO y enviada por el Ejecutivo que busca impedir que quienes hayan sido condenados en segunda instancia por un delito de corrupción puedan ser candidatos para cargos electivos nacionales u ocupar diferentes cargos en el ámbito de la Administración Pública Nacional. El proyecto, que obtuvo 144 votos afirmativos, 98 negativos y 2 abstenciones, todavía tiene que tratarse en el Senado, donde enfrenta un escenario más adverso. La iniciativa despierta interrogantes entre los especialistas en el tema, que abarca los alcances del derecho electoral frente al penal, el principio de inocencia, la retroactividad y cómo impacta sobre el derecho a elegir, sobre todo en un año electoral como el 2025.
El proyecto introduce una modificación de la ley Orgánica de Partidos Políticos (N°23298) con una serie de restricciones para quienes deseen integrar listas partidarias, que determina que aquellas personas que tengan una condena confirmada en segunda instancia, con la posibilidad de ser revocada hasta que la sentencia esté firme, no podrán competir electoralmente.
El texto se aprobó con algunas modificaciones como la eliminación de que la condena debía ser confirmada antes del 31 de diciembre del año anterior a las elecciones y que la pena debe expedirse 180 días antes de los comicios.
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En diálogo con C5N, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez observó que “para limitar el derecho político de una persona a ser elegido mediante un proceso penal tiene que existir una sentencia firme de condena de la Corte Suprema, porque sino se podría dar la incongruencia democrática de privar a una persona de ser candidata y que posteriormente la Corte revoque esa sentencia”.
En esta línea, acentuó que “la presunción de inocencia, la soberanía popular y el derecho a ser elegido tienen un peso tan fuerte que hasta tanto no exista una condena firme no se le puede prohibir a alguien ser candidato”.
Sobre la retroactividad de la norma, contempló que “el derecho a ser elegido es un derecho político fundamental” y que “si se aprueba el proyecto, tendría que ser aplicado para las personas condenadas a partir de la sanción de la ley”.
Y concluyó: “Ficha limpia tiene que ser para todos los delitos. Una persona acusada de homicidio podría ser candidata y otra persona acusada de delito de corrupción no. Tiene que ser para todos porque sino quedan afuera delitos más graves como los que atentan contra la vida y la integridad física”.
Por su parte, Sebastián Guidi, abogado, profesor de derecho constitucional y doctorado en Derecho (Yale), consideró que el proyecto no es inconstitucional y resaltó que “la mayoría de los delitos en esa ley ya tiene la inhabilitación prevista”.
“No hay que exagerar la novedad de este proyecto. La pena de inhabilitación ya existe para estos delitos. Lo que cambia es el momento, que en este caso se hace efectivo en segunda instancia”, remarcó.
En cuanto a la retroactividad, indicó que “hay que ver caso a caso, pero que en algunos casos podría ser retroactivos”, mientras que recalcó que el principio de inocencia “es constitucional”.
Por último, reflexionó sobre el rol que cumple la Justicia en este debate: “El problema es que el Poder Judicial no despierta confianza. El desafío es fortalecerlo para que lo haga, no quitarle herramientas ni tampoco pedirle que resuelva todos nuestros problemas”.
A su turno, el doctor en Derecho y docente en la UBA y en la UNPAZ, Mauro Benente, afirmó que “en términos generales no es bueno adelantar efectos de la sentencia firme” y que “cualquier proyecto que supone una restricción de derechos sin una condena firme es una preocupación”.
En ese sentido, hizo énfasis en dos cuestiones: el principio de inocencia y la retroactividad. “Hay bastante jurisprudencia y escritos académicos que tiene una línea que aclara que el estado de inocencia se termina solo con condena firme. Hasta tanto una persona tenga un derecho a un recurso o esté dentro del plazo para presentar el recurso y no sea desestimado, esa persona se presume inocente. Estamos ante la restricción de un derecho muy sensible”, enfatizó.
En términos de la retroactividad, Benente señaló que “hay un principio que es el de la irretroactividad de la normativa penal” y que en este caso “hay una normativa penal porque se le está restringiendo un derecho a quienes tengan una condena no firme que es el de presentarse a elecciones. Por más que la normativa no esté en el código penal, estamos frente a materia penal”.
El proyecto pone en el foco de discusión la situación judicial y electoral de la presidenta del PJ Nacional, Cristina Kirchner, quien fue condenada por la Cámara de Casación Penal a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en la causa conocida como Vialidad.
Para Benente, son justamente el principio de inocencia y la aplicación retroactiva en materia penal los dos argumentos que, de aprobarse la ley, se podrían presentar como principales argumentos en una defensa judicial. “Hay mucha jurisprudencia de órdenes internacionales y locales que ratifican que el principio de inocencia sólo cede con una sentencia firme. Le estaríamos impidiendo a una persona inocente, en términos jurídicos, a presentarse como candidata”, resaltó.
Por último, se refirió al impacto de estas medidas en otros países: “El caso más emblemático es el de Brasil y la imposibilidad de Lula de presentarse como candidato a presidente por una normativa impulsada por el PT. Ese caso muestra claramente el peligro de adelantar una sentencia porque que hubo un adelantamiento de un efecto de una condena que después fue revocada".