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Eximen del impuesto PAIS a las importaciones de insumos que luego van a ser exportados

La medida afecta a la materia prima necesaria para manufacturar un bien. Incluye a la industria electrónica de Tierra del Fuego.

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  • El Gobierno anunció que quedarán eximidas del impuesto PAIS las exportaciones de insumos destinados a exportación. La medida se oficializó a través del Decreto 14/2024 "con el fin de estimular el crecimiento de la actividad productiva exportadora".

    En el decreto que lleva la firma del presidente Javier Milei, el ministro de Economía Luis Caputo y el jefe de Gabinete Nicolás Posse, quedó establecido que se elimina el gravamen contemplado en el artículo 13° bis de la normativa 99 de 2019.

    El texto del Considerando indica que, "con el fin de estimular el crecimiento de la actividad productiva exportadora, resulta conveniente no afectar con el referido impuesto a las importaciones de mercaderías que habrán de emplearse en la elaboración de productos destinados a su exportación, razón por la cual deviene necesario excluir del alcance del impuesto PAÍS a las operaciones de importación o de ingreso de mercaderías al amparo de aquellos regímenes".

    La medida que entra este jueves en vigencia alcanzará también a los productos que se perfeccionen en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

    El Banco Central eliminó el límite mensual permitido para hacer transferencias en dólares

    En medio del DNU que ya entró en vigencia y en línea con la desregulación de la economía que propuso Javier Milei, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) eliminó la restricción que indicaba que solo podían hacerse dos transferencias sobre cuentas en dólares por mes.

    Esto beneficia a inversores y empresas del sector financiero, puesto que esto provocará que se generen mejores condiciones para poder desarrollar las operaciones.

    Dólar blue billetes dólares

    Previamente las “cuentas de destino nominadas en moneda extranjera a partir de una segunda transferencia recibida durante el mes calendario, las entidades receptoras deberán diferirla acreditación hasta eliminar cualquier sospecha de incumplimiento normativo en lo que refiere a la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos”.

    Esto genera que no haya límites para poder recibir o enviar moneda extranjera entre cuentas y “para ello, podrán requerir al cliente receptor que justifique el motivo de la transferencia. El diferimiento previsto no podrá exceder las 13 horas del día hábil siguiente”.

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