El Gobierno desregula el transporte de pasajeros en micros de media y larga distancia: los principales cambios

A través del Decreto 883/2024 se creó el Registro Nacional de Transporte de Pasajeros público, online y gratuito y se quitaron restricciones para las empresas.

El Gobierno desreguló el transporte automotor de larga y media distancia, en una medida que crea el Registro Nacional de Transporte de Pasajeros público, online y gratuito, y quita restricciones para las empresas, que ahora podrán modificar los precios de los boletos y también la duración, los horarios y los recorridos de los servicios prestados.

La decisión se implementó a través del Decreto 883/2024, publicado este lunes en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

Desde la secretaría de Transporte, que conduce Franco Mogetta, aseguraron que con esta medida habrá "beneficios para todos los actores del sector, como la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros, el libre establecimiento de recorridos, horarios, precios y duración de los servicios por parte de los transportistas".

micro larga media distancia ómnibus

La determinación forma parte del plan que lleva adelante el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. "Reemplaza una norma con más de 30 años de antigüedad y tiene por objetivo la liberalización, modernización y desregulación del transporte automotor de pasajeros y su adaptación a la dinámica de transporte actual", explicaron en un comunicado.

A partir de esta norma, los empresarios del sector tendrán la posibilidad de establecer libremente los recorridos, los vehículos utilizados, la frecuencia y el horario, los precios, la duración de los servicios y las paradas que estén autorizadas por la jurisdicción local. "Generará una mayor oferta de servicios y competencia de precios que beneficiará tanto al usuario como a las empresas y transportistas", destacaron desde el Gobierno.

La medida, que deja de considerar servicio público al transporte de media y larga distancia, amenaza con dejar incomunicados a destinos "no rentables" para empresas, que ya no estarán obligadas a llevar pasajeros allí.

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Una de las primeras cámaras empresariales en expresarse fue la Asociación Argentina de Empresas de Transporte de Pasajeros (AAETA) que publicó un comunicado en el que planteó que "la normativa busca aumentar la flexibilidad en el acceso al mercado para los operadores y en la capacidad de ajustar la oferta de servicios".

"AAETA ha sostenido desde siempre que es esencial agilizar la normativa, otorgando mayor protagonismo al sector empresarial y reduciendo la burocracia que dificulta la prestación eficiente de servicios. Consideramos que cualquier apertura en el mercado debe ser gradual para evitar saturaciones que podrían poner en riesgo la viabilidad de los transportistas actuales", plantearon.

La enumeró una serie de medidas que, según explicaron, son centrales, como la exención del Impuesto de Ingresos Brutos, la limitación de costos en terminales de ómnibus, la eliminación de lo que llamaron “burocracia excesiva”, actualización de normativas, exención de patentes para vehículos de pasajeros, eliminación de recargos en peajes y un sistema para minimizar o compensar gratuidades.

Qué es el Registro Nacional del Transporte de Pasajeros

Una de los cambios más importantes que incluye el decreto que se conocerá en las próximas horas instaura la creación del Registro Nacional del Transporte de Pasajeros. Desde el Gobierno detallaron cómo será: "De acceso público, sin costo y online, para una mayor comodidad del transportista, el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos y una mayor transparencia".

"Las empresas y transportistas que ya estaban registradas no tendrán que hacerlo nuevamente. Sí deberán registrarse las nuevas que, una vez inscriptas, obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de 5 días post inscripción, aplicando de esta forma la nueva metodología de 'Silencio Positivo' ya implementada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado", informaron en el documento emitido por la cartera de Transporte.

Federico Sturzenegger: "La flexibilidad para operar con total libertad comercial generará una mayor oferta y mayor capilaridad en el transporte público de pasajeros"

Como ya se volvió costumbre con cada decreto que liberaliza algún mercado, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, amplió las explicaciones detrás de la medida a través de su cuenta de X, y aclaró que todavía quedan otros dos decretos en este sentido.

"A partir de ahora las empresas podrán elegir sus horarios, rutas, precios, tamaño de sus vehículos y paradas sin necesidad de autorizaciones ni trámites engorrosos", comenzó.

"El transporte de pasajeros hasta ahora se dividía en servicio público (ley 12.346) y libre. Por ejemplo, el transporte de pasajeros turístico era libre (aunque con engorrosos registros), mientras que el transporte de pasajeros local e interjurisdiccional eran un servicio público. El Decreto 883 mueve todo el tránsito interjurisdiccional al segmento libre (solo queda parte del urbano local como regulado)", añadió.

El ministro planteó que "el cambio se adapta a los tiempos que corren. Hace 30 años el tránsito en colectivo era el único mecanismo de conexión entre los puntos más importantes del país, pero en la actualidad este tránsito se hace en competencia con otros medios (aerocomercial). Por este motivo lo más relevante hoy es brindarle flexibilidad a la industria para adecuarse a las cambiantes condiciones de la demanda".

Micros de larga distancia

"Adicionalmente, obliga a todas los hubs de tránsito a destrabar el acceso. En particular, aeropuertos y puertos deberán permitir el ingreso de cualquier operador de transporte de pasajeros, e incluso generar espacios para las plataformas de uso compartido (Uber, Cabify y otros). Además, ya no será obligatorio para las empresas parar en las terminales, por lo que estas deberán 'competir' y atraer los colectivos a ellas (se habían convertido en un mecanismo adicional de recaudación, además de imponer costos en términos de tiempo para los pasajeros)". explicó.

En cuanto al registro creado por la ley, "desde ahora cualquier empresa que quiera operar simplemente deberá informarlo a través de una plataforma electrónica con 5 días de anticipación; luego de este plazo quedará automáticamente habilitada".

"Los requisitos de seguridad de los vehículos no se modifican: los vehículos deberán estar en condiciones y sus operadores verificar los seguros exigidos. Sí se eliminan las exigencias de patrimonio que históricamente operaba como una barrera a la entrada", remarcó.

"Ilustro los cambios con dos ejemplos de nuestra querida provincia de Córdoba. Hoy alguien que llegaba al aeropuerto de Córdoba en dirección a Jesús María debía moverse a la terminal de ómnibus de Córdoba (dirección contraria) para tomar recién ahí un micro a su destino final. Ahora el micro o combi que va a Jesús María la podrá tomar en el aeropuerto (crease o no, ¡esto estaba prohibido!). También se permitirá a partir de ahora que una empresa pueda transportar pasajeros, por ejemplo, en un micro grande en el trayecto Córdoba- Carlos Paz y luego derivarlos en combis más pequeñas hacia otros destinos. La flexibilidad para operar con total libertad comercial generará una mayor oferta y mayor capilaridad en el transporte público de pasajeros. ¡VLLC!", concluyó.

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