La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que ampliará el plazo para que los trabajadores informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias.
La resolución del Gobierno será publicada en el Boletín Oficial con el propósito de proporcionar seguridad jurídica en lo que respecta a la liquidación.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que ampliará el plazo para que los trabajadores informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias.
Esta extensión, que será publicada en el Boletín Oficial, tiene como objetivo brindar seguridad jurídica en relación con la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias del año pasado.
El plazo para que los beneficiarios presenten el formulario F.572 Web correspondiente al período fiscal 2023 se extiende hasta el 30 de abril de 2024.
Asimismo, se amplía hasta el 31 de mayo de 2024 el plazo para que los agentes de retención practiquen la liquidación anual del impuesto a las ganancias correspondiente al mismo período fiscal 2023.
La liquidación provisional de 2024 fue alterada debido a varios decretos del Poder Ejecutivo que no fueron reflejados en las disposiciones legales correspondientes. Como resultado, la administración de Javier Milei presentó una propuesta en el Congreso para validar, mediante una ley, las disposiciones provisionales emitidas por el Poder Ejecutivo durante 2023.
A partir de la emisión de esta resolución general, la liquidación anual por parte de los empleadores se llevará a cabo en mayo, y las devoluciones del impuesto retenido en exceso a los trabajadores se realizarán hasta el 10 de junio de 2024.