La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió elevar el monto, de los plazos fijos que controla, desde marzo del 2024. Con la intención de mejorar la transparencia en la supervisión de las transacciones financieras, el límite se ha incrementado desde los $200.000 previamente establecidos.
Sin embargo, el control que realiza la AFIP no solo abarca plazos fijos, sino que también, cajas de ahorro, cuentas sueldo, cuentas de la seguridad social y cuentas especiales. Por otro lado, es importante dejar en claro que de ser necesario, las entidades bancarias pueden solicitar documentación que respalde los movimientos de dinero.
Desde qué monto la AFIP comienza a controlar los Plazos Fijos
Cada una de las entidades financieras están obligadas a informarle a la AFIP el monto acumulado de los plazos fijos que se realizan todos los meses cuando alcance o supere los $400.000.
Este monto de 400 mil pesos incluye todo tipo de acreditaciones, es decir, desde plazos fijos hasta cajas de ahorro, cuentas sueldo, cuentas de la seguridad social y cuentas especiales.
Teniendo en cuenta estas disposiciones, las entidades financieras deben brindarle a la AFIP información sobre:
- Los movimientos cuando el monto total acumulado de las acreditaciones o extracciones mensuales, en moneda argentina o extranjera, iguale o supere los $400.000.
- Los saldos de las cuentas que al último día hábil del período mensual informado resulten iguales o superiores a $400.000.
Cómo se justifican los fondos invertidos en Plazo Fijo ante la AFIP
A pesar que los bancos deben brindar sus reportes a la AFIP, en algunos casos la entidad financiera puede solicitar al cliente una justificación de los fondos que se movieron o depositaron en una cuenta. Generalmente, el informe es solicitado a través de un correo electrónico y se pide la presentación de documentación respaldatoria. Entre los documentos más comunes que se pueden requerir se encuentran:
- Facturas emitidas en los últimos 6 meses.
- Recibos de sueldo.
- Comprobantes de haberes jubilatorios.
- Certificados de ingresos emitidos por contadores públicos.