Jubilados: así es el trámite de ANSES para designar a un apoderado

La Administración Nacional de la Seguridad Social detalló el paso a paso para realizar esta gestión.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) prepara beneficios para febrero. Y en paralelo explicó a los titulares de jubilaciones y pensiones cómo es el paso a paso para designar a un apoderado que realice distintas gestiones por ellos.

El organismo previsional que está a cargo de Mariano de los Heros ofrece esta opción ya que la cantidad de trámites que deben realizar estos grupos son varios, entre los que cobrar sus haberes mes a mes, o simplemente realizar actualizaciones en el sistema son los más frecuentes.

Por eso, está habilitada la opción de designar un apoderado. Este trámite facilita el acceso a los beneficios del sistema previsional y que, por diferentes motivos, no pudieron gestionar sus beneficios directamente, especialmente en casos de imposibilidad de movilización.

Jubilados Administración Nacional de la Seguridad Social
Los adultos mayores que reciben sus haberes a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social pueden acceder a este préstamo.

Los adultos mayores que reciben sus haberes a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social pueden acceder a este préstamo.

Quiénes pueden ser un apoderado ante ANSES

Los apoderados podrán hacer diferentes procedimientos en nombre del jubilado. Los que necesiten contar con un representante para hacer trámites, podrán elegir entre:

  • Familiares: cónyuge, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados.
  • Tutores o curadores.
  • Abogados y gestores registrados en ANSES.
  • Representantes diplomáticos o consulares.

En cambio, quienes solo lo necesiten para el cobro:

  • Familiares: cónyuge, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados.
  • Un banco para cobro de la jubilación o pensión si residís en el exterior. El banco debe contar con la opción “giro al exterior”. Las entidades habilitadas son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A., Banco Comafi S.A. y Banco Macro BMA.
  • Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales.
  • Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados para cobrar por personas internadas en la institución.
  • Representantes especiales por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
  • Mutuales e instituciones de asistencia social.
  • Abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.

Qué trámites pueden hacer los apoderados ante ANSES

El apoderado designado para representar a un jubilado frente a la ANSES podrá hacer todos los trámites que hacía el titular, incluyendo modificación de datos personales y reclamos.

Además, en caso de ser necesario por dificultades en la movilidad, también se podrán retirar los haberes depositados todos los meses. El único procedimiento que está totalmente prohibido para apoderados, es sacar un Crédito ANSES.

Cómo presentar un apoderado en ANSES

Para poder ser apoderado de una persona, se deberá presentar toda la documentación necesaria y presentarla en una oficina de ANSES con turno previo. Los papeles requeridos son:

  • DNI del titular y de la persona elegida como apoderado (original y copia).
  • Para cónyuges: Acta/certificado de matrimonio en original y copia.
  • Para conviviente previsional: Tener acreditada la relación como conviviente previsional
  • Para familiares: Documentación que demuestre el parentesco (partidas de nacimiento, DNI).
  • Para bancos: Formulario PS 6.4 - Carta Poder, firmado y sellado por la autoridad bancaria.
  • Para tutor/medida de abrigo: Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como representante legal.
  • Para curador/apoyo: Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como curador y en la que se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
  • Para abogados: Credencial vigente.
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