La Administración General de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó los beneficios en Bienes Personales para aquellos contribuyentes que no presenten deudas con dicho impuesto. Mediante la resolución 5535, se dispuso una reducción del 0,5% en la alícuota del tributo para los esquemas vigentes durante 2023, 2024 y 2025. En el caso de los responsables sustitutos, la alícuota será del 0,375%.
Para poder obtener el beneficio el contribuyente tuvo que haber presentado y cancelado en su totalidad antes del 31 de diciembre de 2023, si estuviera obligado, las declaraciones juradas del impuesto sobre los Bienes Personales relativas a los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022.
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La AFIP reglamentó los beneficios en Bienes Personales y los contribuyentes deberán pedirlo por la web.
Télam
Bienes personales: cómo solicitar el beneficio en AFIP
Si el contribuyente se cumple con los requisitos anteriormente mencionados deberá realizar los siguientes paso en la web del organismo: