La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó nuevos montos mínimos en las compras que realicen los consumidores los cuales serán informados por los comerciantes. Esta medida, vigente desde julio, tiene como objetivo prevenir la evasión fiscal y fortalecer los controles sobre las emisiones de comprobantes.
A partir de qué monto AFIP comienza a controlar tus compras
La Administración Federal de Ingresos Públicos actualizó los montos para las compras que se realicen con tarjeta de crédito, débito, mediante códigos QR, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago electrónicos, como así también para las que se hagan en efectivo.
Desde el organismo aclararon que estos cambios impactan a los pagos que realicen los consumidores finales pero también se debe tener en cuenta que los montos variarán de acuerdo al medio de pago utilizado para la compra de un bien o producto.
Es fundamental que los consumidores tengan presente estos cambios ya que a partir de esa fecha cualquier compra que se realice y supere los nuevos montos establecidos, tendrán la obligación de brindar los detalles de información personal a la AFIP.
Desde qué montos AFIP comienza a pedir los datos personales de los contribuyentes
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) solicita los datos personales de los contribuyentes cuando realicen compras que igualen o superen los $344.488.
Esta información es solicitada sin importar con qué medio de pago se realice la adquisición, por lo tanto, el organismo te pedirá los datos si compras con tarjeta de crédito, débito, mediante códigos QR, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago electrónicos conforme a la normativa del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Cabe destacar que, en caso de que el pago sea en efectivo, la obligación de informar los datos personales se activa cuando la factura emitida es igual o mayor a $172.244.
Cuáles son los datos que se declaran a la AFIP
Los datos que se le deben entregar a la AFIP si tu compra alcanza o supera los montos que se mencionan con anterioridad, son los siguientes:
- Apellido y Nombres.
- Domicilio.
- Número de documento (DNI, LE, LC, Pasaporte o CI).
- El CUIT, CUIL o CDI, en caso de que corresponda.
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