Pese a las pruebas: por qué sobreyeron a Javier Milei en la causa $LIBRA

La Justicia analizó los documentos encontrados en el teléfono de Novelli, los movimientos en cajas de seguridad y el rastreo de billeteras digitales. Mientras la denuncia apuntó a un presunto acuerdo económico y al retiro de unos US$100 millones tras el derrumbe del token, el juez Marcelo Martínez De Giorgi sostuvo que no se acreditó que esos elementos probaran pagos ilegales a funcionarios ni un pacto criminal y dictó el sobreseimiento de Milei y de todos los denunciados.

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  • El celular del trader Mauricio Novelli, las cajas de seguridad vinculadas a su persona y a su familia y las billeteras cripto que movieron fondos tras el lanzamiento de $LIBRA fueron los ejes principales de un expediente que quedó prácticamente cerrado. Al disponer el sobreseimiento de Javier Milei, Karina Milei y los otros nueve investigados, el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi concluyó que esas pruebas no alcanzaban para demostrar los delitos denunciados.

    La sorpresiva resolución del 23 de octubre puso el foco en una pregunta clave: si los documentos y movimientos detectados durante la investigación permitían acreditar un acuerdo para favorecer el lanzamiento de la criptomoneda a cambio de dinero, o si constituían indicios que no habían podido ser corroborados.

    La denuncia describió una presunta maniobra en la que el respaldo público del Presidente habría funcionado como garantía de confianza para atraer inversores, mientras un grupo reducido de billeteras retiraba fondos después de la suba del token. Los denunciantes estimaron que esa operatoria habría permitido extraer alrededor de US$100 millones y provocado pérdidas a más de 40.000 compradores.

    Pero el magistrado entendió que, aun cuando se habían reconstruido operaciones y encontrado documentos de interés, no se había probado el vínculo necesario entre esos elementos y un delito.

    El celular de Novelli y la nota sobre un supuesto acuerdo

    Uno de los puntos del expediente surgió del análisis forense de los dispositivos de Novelli. Allí apareció una nota que contenía la frase en inglés “this is the final agreement as discussed with H.” (“este es el acuerdo final, como se habló con H.”).

    El hallazgo alimentó las sospechas sobre un eventual entendimiento entre operadores privados y el entorno presidencial. En el marco de la denuncia, la hipótesis era que detrás de la promoción de $LIBRA podía existir un acuerdo económico que involucrara al creador del token, Hayden Davis, y a personas con acceso al Presidente.

    Sin embargo, el juez Martínez De Giorgi destacó que el peritaje no había permitido demostrar que la nota hubiera sido enviada a terceros ni que el supuesto acuerdo hubiese sido efectivamente formulado, recibido y aceptado.

    El juez fue explícito sobre el alcance que podía atribuirse a ese documento: “No demuestra por sí misma la existencia de un acuerdo perfeccionado ni permite establecer sus términos definitivos, sus partes, su objeto o la eventual inclusión de una contraprestación por el ejercicio indebido de influencia”, sostuvo.

    El expediente también contenía una oferta de Kelsier Group fechada el 21 de noviembre de 2024, dirigida a Novelli, Manuel Terrones Godoy y Sergio Daniel Morales. El documento mencionaba posibles actividades vinculadas con el Gobierno argentino, la tecnología blockchain, Web3 e inteligencia artificial, además de referencias a Javier y Karina Milei.

    Para el juez, no obstante, la existencia de ese papel no acreditaba por sí sola un acuerdo ilícito ni que se hubiera pactado un pago para conseguir reuniones o favores oficiales. La falta de firmas y de elementos que demostraran su aceptación resultó central en la valoración judicial.

    Así, uno de los elementos que despertaba mayores sospechas en torno al teléfono de Novelli terminó siendo considerado insuficiente para probar que hubiera existido un pacto criminal.

    Las cajas de seguridad: movimientos antes del lanzamiento, pero sin dinero cuando las allanaron

    Otro capítulo estuvo relacionado con las cajas de seguridad bancarias identificadas a nombre de Novelli. La investigación había detectado movimientos de ingreso y egreso, así como registros y filmaciones de operaciones realizadas por sus familiares María Alicia Rafaele y María Pía Novelli en fechas cercanas al lanzamiento del criptoactivo.

    La cercanía temporal de esos movimientos con el episodio de $LIBRA despertó interrogantes sobre el posible manejo de dinero en efectivo y su eventual relación con los hechos investigados.

    Sin embargo, cuando se realizaron los allanamientos de las cajas en una sucursal del Banco Galicia , el resultado fue negativo: estaban vacías.

    El fallo tomó nota de los registros, pero no consideró que la existencia de movimientos bancarios, sin otros elementos que permitieran determinar qué se guardó, cuándo y con qué finalidad, demostrara que allí se habían depositado fondos destinados a funcionarios o colaboradores del Gobierno.

    En otras palabras, el expediente registró operaciones que podían resultar relevantes para la investigación, pero no logró establecer que las cajas hubieran sido utilizadas para almacenar o distribuir sobornos relacionados con el lanzamiento de la criptomoneda.

    Las billeteras cripto y los US$100 millones denunciados

    La trazabilidad de los fondos fue otro de los ejes de la causa. Según la denuncia, después de que Milei promocionara $LIBRA en su cuenta de X, el precio del token pasó de unos US$0,01 a acercarse a los US$5, antes de desplomarse. Los denunciantes atribuyeron la caída a operaciones de venta realizadas por integrantes del equipo creador y otros actores que habrían contado con información privilegiada.

    La presentación sostuvo que unas pocas billeteras habrían retirado alrededor de US$100 millones, mientras miles de inversores sufrían pérdidas. La hipótesis buscaba establecer si esos movimientos respondían a una maniobra organizada y si parte del dinero había sido utilizada para realizar pagos ilegales.

    Durante la investigación intervinieron organismos especializados, entre ellos la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) y áreas de la Policía Federal, que analizaron operaciones y direcciones de criptoactivos vinculadas con el lanzamiento y la distribución inicial de $LIBRA.

    También se impulsaron medidas para preservar activos. Entre ellas figuró el pedido de congelamiento de 44.593.888,562 USDC identificados en una dirección de la red Solana que había recibido fondos provenientes de billeteras etiquetadas como “LIBRA: TEAM WALLET”.

    Pero una cosa era reconstruir movimientos de criptomonedas y otra demostrar el destino final de los fondos y su conexión con funcionarios públicos. En su resolución, Martínez De Giorgi concluyó que la prueba reunida no permitía acreditar que el dinero proveniente de las operaciones con $LIBRA hubiera sido transferido como pago indebido a integrantes del Gobierno.

    De ese modo, el rastreo de las billeteras no alcanzó, para el magistrado, a confirmar la hipótesis de sobornos que acompañó las denuncias.

    La diferencia entre los indicios y la prueba de un delito

    El contraste entre la hipótesis denunciada y la conclusión judicial atraviesa los tres puntos centrales del expediente. La denuncia vinculó la promoción presidencial, la caída abrupta del token, los movimientos de billeteras y los documentos hallados en el teléfono de Novelli con una presunta maniobra coordinada. El juez, en cambio, evaluó si esos elementos permitían demostrar los componentes concretos de los delitos investigados.

    En relación con la supuesta estafa, Martínez De Giorgi advirtió que “la sola secuencia temporal entre la promoción, el incremento de la cotización y su posterior caída no demuestra, por sí misma, que esa evolución hubiera sido previamente organizada con una finalidad defraudatoria”.

    La resolución no desconoce que hubo compradores que perdieron dinero ni que existieron movimientos financieros que fueron objeto de análisis. La conclusión del magistrado fue otra: consideró que no se había probado el engaño concreto ni el nexo necesario para atribuir penalmente esos resultados a los investigados.

    El tuit de Milei no fue considerado suficiente para probar una maniobra defraudatoria

    La resolución analizó la publicación que el Presidente realizó el 14 de febrero de 2025 en su cuenta de X para promocionar el proyecto.

    El magistrado reconoció que la intervención presidencial le dio al token una visibilidad particular y que pudo influir en la confianza de algunos compradores. Sin embargo, distinguió entre promocionar una iniciativa y engañar deliberadamente a los inversores.

    Según el fallo, debía identificarse qué aspecto del proyecto, de sus condiciones o de su funcionamiento había sido presentado falsamente, o qué información relevante se había ocultado mediante una conducta penalmente reprochable.

    En esa línea, sostuvo que no bastaba con demostrar que muchas personas compraron después de la publicación y que luego perdieron dinero. Era necesario establecer que esas decisiones fueron consecuencia de una representación falsa de la realidad atribuible a los investigados.

    El juez también tomó como antecedente un pronunciamiento de la Cámara Federal del 4 de septiembre de 2026, que había advertido que la hipótesis inicial de un plan organizado desde las más altas esferas del Gobierno se había debilitado frente a las exigencias del delito de estafa.

    En ese sentido, el fallo advirtió que “la notoriedad de quien promociona un activo, la repercusión pública del lanzamiento o la confianza que su intervención pueda suscitar no equivalen, por sí solas, a un ardid defraudatorio”

    Los informes de la DATIP: problemas de control y cadena de custodia

    Uno de los tramos del fallo se refiere a los informes de la DATIP, la dependencia de la Procuración que analizó la información extraída de los dispositivos electrónicos secuestrados.

    El juez advirtió que se habían detectado irregularidades en la elaboración de esos informes, que fueron objeto de un sumario administrativo de la Procuración General de la Nación.

    Según la resolución, en ese sumario se tuvo por probado que una empleada de la DATIP había accedido indebidamente a documentación reservada de la causa y que parte de ese contenido había trascendido a la prensa días después.

    El magistrado sostuvo que esa situación afectó los controles sobre el trabajo realizado y resintió el valor probatorio de los informes.

    Esto no significa que el juez haya declarado falsa toda la información recuperada de los teléfonos. El punto es que consideró que esos elementos, valorados junto con el resto de las pruebas, no permitían corroborar la hipótesis delictiva contra Karina Milei.

    El capítulo Nadia Beller

    La denuncia basada en los dichos de Nadia Beller tampoco aportó pruebas sobre $LIBRA

    La resolución también trató la denuncia impulsada por la diputada Mónica Frade a partir de versiones periodísticas sobre conversaciones entre Nadia Beller y su expareja, Fernando Cerimedo, que involucraban presuntos hechos de corrupción en el Gobierno.

    Para evaluar ese planteo, se consultó a la fiscalía que había recibido declaración testimonial a Beller en septiembre, con intervención de autoridades de Bolivia.

    La respuesta fue que la testigo, baleada en Bolivia, no había realizado manifestaciones sobre el lanzamiento o la caída de la cotización de $LIBRA ni se había referido expresamente a otros hechos que pudieran estar vinculados con esa causa.

    Por eso, el juez consideró que esa denuncia tampoco aportaba elementos suficientes para sostener la hipótesis de un intercambio ilícito relacionado con el criptoactivo.

    Después del pedido de sobreseimiento formulado por el fiscal Eduardo Taiano, el juez resolvió que los hechos analizados no encuadraban en una figura penal y sobreseyó a los once investigados.

    Cómo sigue el caso

    Sin querellantes, ya que los damnificados fueron apartados de ese rol, y con el fiscal que propició la desestimación del caso, no hay posibilidad de apelación.

    Solo queda la remota chance de que la Cámara Federal de Casación reponga a los damnificados en su rol como querellantes y antes de que se venza el plazo para apelar.

    Si Casacion no resuelve pronto o si confirma que los damnificados no pueden ser querellantes, el caso queda definitivamente cerrado.

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