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Obras sociales y prepagas: cambios en el plazo de permanencia y derivación automática

Los beneficiarios ya no estarán obligados a quedarse doce meses en la misma entidad. "El respeto por la voluntad de los afiliados es condición esencial para fortalecer la confianza en el sistema", sostuvo el Gobierno.

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  • El Gobierno estableció cambios en el régimen de permanencia de los beneficiarios del sistema de obras sociales, con la derogación de la estadía de un año y la posibilidad de evitar la derivación automática de sus aportes a otra entidad contratada.

    La medida se implementó a través de la Resolución 1608/2025 de la Superintendencia de Seguros de Salud de la Nación, publicada este jueves en el Boletín Oficial, con la firma de su titular, Claudio Adrián Stivelman.

    La norma prorroga el plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para que los beneficiarios manifiesten, mediante el trámite a distancia Voluntad de Permanencia en Obra Social, su decisión informada respecto al destino de sus aportes y contribuciones, a fin de consolidar el libre ejercicio del derecho de elección.

    El afiliado puede solicitar que sus aportes vayan directamente a la empresa de medicina privada o la obra social.

    Además, "los afiliados comprendidos en la presente resolución no estarán sujetos al período de permanencia mínima de doce meses en el Agente del Seguro de Salud que resulte destinatario de los aportes y contribuciones o cotizaciones por aplicación del procedimiento de derivación automática".

    "A tales efectos, se recuerda que los aportes realizados al sistema de salud son producto del trabajo de cada persona, y deben estar orientados a una finalidad prestacional concreta, vinculada al acceso efectivo a servicios de salud. Su destino no podrá fundarse en intereses administrativos o corporativos que no generen valor tangible para el afiliado", define el texto.

    "El respeto por la voluntad de los afiliados es condición esencial para fortalecer la confianza en el sistema, promover la libre competencia entre los Agentes del Seguro de Salud y asegurar que las derivaciones se realicen conforme a lo expresado legítimamente por cada beneficiario", concluye la norma.

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