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Espionaje ilegal: condenaron al falso abogado Marcelo D'Alessio por asociación ilícita

El Tribunal Oral en lo Criminal y Federal N° 8 determinó que el letrado produjo información sobre personas gracias al acceso a bases de datos restringidas que le brindaban otras dos personas que también fueron juzgadas, pero cuyas identidades no fueron reveladas por haber pertenecido a la AFI (ahora SIDE).

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  • El Tribunal Oral en lo Criminal y Federal N°8 condenó al falso abogado Marcelo D'Alessio a trece años y seis meses de prisión por integrar una asociación ilícita que cometió extorsiones, lavado de dinero y espionaje ilegal.

    En un fallo judicial, el tribunal conformado por Sabrina Namer, Nicolás Toselli y María Gabriela López Iñiguez advirtió que D'Alessio formó parte de una asociación ilícita, junto a otros dos hombres identificados como R.H.B. y R.O.B. que realizaba inteligencia ilegal para obtener y producir información sobre distintas personas, en violación de la Ley de Inteligencia Nacional.

    En tal sentido, la Justicia estableció que la información se utilizaba para diferentes fines, como intimidar a las personas espiadas para exigirles dinero. La organización contaba con vínculos con integrantes del Poder Judicial, del Ministerio Público Fiscal y de las fuerzas de seguridad.

    Marcelo D'Alessio fue condenado por la Justicia.

    En este marco, se comprobaron al menos trece casos que contuvo la comisión de diferentes delitos, como inteligencia ilegal, extorsiones, tenencia ilegal de arma de guerra y coacción.

    Por otro lado, también se estableció que D'Alessio participó de otra asociación ilícita junto a Pablo Leonardo Bloise, Marcelo Patricio González Carthy de Gorriti y Aldo Eduardo Sánchez, que llevaba adelante operaciones internacionales de lavado de activos.

    El juicio, que fue interrumpido durante tres meses en 2024, comprendió 106 declaraciones testimoniales y una gran cantidad de documentación ilegal que fue protegida.

    Las condenas en el caso D'Alessio

    En tanto, la Justicia también absolvió a Norberto Aníbal Degastaldi y Franco Leandro Pini (ambos por duda) y a Mariano Rubén Díaz Strunz (por ausencia de acusación).

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