El organismo recaudador ARCA confirmó que hoy, martes 5 de agosto de 2025, vence el plazo para que monotributistas cumplan con la recategorización obligatoria correspondiente al semestre. Esta obligación debe realizarse dos veces al año.
Es imprescindible verificar si corresponde mantenerse en la misma categoría o si es necesario ascender o descender según los límites actuales.
El organismo recaudador ARCA confirmó que hoy, martes 5 de agosto de 2025, vence el plazo para que monotributistas cumplan con la recategorización obligatoria correspondiente al semestre. Esta obligación debe realizarse dos veces al año.
Quienes no completen el trámite antes del cierre del día podrían enfrentarse a una recategorización automática por parte del sistema o incluso sanciones y recargos. Este cálculo se basa en la facturación, consumo eléctrico, alquileres y superficie afectada relativos al período previo.
La recategorización simplificada está disponible exclusivamente para monotributistas que cumplan dos condiciones: contar únicamente con puntos de venta de facturación electrónica y haber estado inscriptos durante 12 meses consecutivos en el régimen del Monotributo.
Para hacer este trámite, debés realizar los siguientes pasos: