Luego del anuncio del pago del bono a fin de año, desde el Gobierno confirmaron que las empleadas domésticas en relación de dependencia y que presten servicios por hora también cobrarán el beneficio.
Luego del anuncio del pago del bono a fin de año, desde el Gobierno confirmaron que las empleadas domésticas en relación de dependencia y que presten servicios por hora también cobrarán el beneficio.
“El bono de $ 24.000 para el personal de Casas Particulares deberá pagarse en el mes de diciembre y en forma proporcional a las horas trabajadas. Si la empleada se desempeña en forma mensualizada (8 horas de lunes a viernes) deberá cobrar los $ 24.000, pero si trabaja menos horas, por ejemplo, 4 horas diarias por semana, el pago deberá ser de $ 12.000. Se aplica la regla de tres simple”, señaló la ministra de e Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos.
Las empleadas de casas particulares que presten servicio en varios puntos sumarán el valor proporcional por las horas trabajadas en los distintos hogares. “Si trabajan en varios domicilios, cada uno le dará por la proporción de horas”, aclaró Olmos en diálogo con Radio con Vos.
Quienes presenten servicios por hora cobrarán el bono de fin de año calculado en base al proporcional de la suma máxima de $ 24.000.
La Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp), especificó que la escala de remuneraciones para el personal doméstico a partir del 1° de diciembre (que se cobrará en enero para aquellos trabajadores que reciban su salario en forma mensual) será la siguiente:
Primera Categoría - Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
Segunda Categoría - Personal para tareas específicas: cocinero/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.
Tercera Categoría - Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
$574,00 por hora y $72.710,50 mensual
Cuarta Categoría - Asistencia y cuidado de personas: personal dedicado a la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.
Quinta Categoría - Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
Antigüedad
Asimismo, a estos salarios debe agregarse un “adicional por antigüedad” equivalente al 1% por cada año de antigüedad de la trabajadora en su relación laboral. A los fines de calcular este adicional, que se viene pagando desde el año pasado, el tiempo de servicio comenzará a computarse a partir del 1° de septiembre de 2020, sin efecto retroactivo.
Por zona desfavorable
En aquellos lugares del país considerados “zona desfavorable”, se pagará otro adicional del 30% sobre los salarios mínimos establecidos en cualquiera de las categorías antes descriptas. Este pago extra rige para las trabajadoras domésticas que prestan tareas en las provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.