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ARCA actualizó el mínimo no imponible para el Monotributo y el Impuesto a las Ganancias: en cuánto quedó

Este cambio, alineado con la inflación, forma parte de los ajustes automáticos de ley que buscan mejorar la precisión en la recaudación tributaria.

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  • A partir del segundo semestre de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) realizará una actualización clave en los parámetros fiscales para el Monotributo y el Impuesto a las Ganancias, elevando el mínimo no imponible y reajustando montos de cuotas y deducciones.

    Estas modificaciones representan una mejora significativa para quienes se encuentran cerca de los umbrales impositivos, ya que amplían la franja de ingresos exentos y reducen la carga fiscal. En paralelo, los valores máximos de facturación del Monotributo, las categorías y las cuotas mensuales también se revisan.

    Qué cambio confirmó ARCA para el monotributo y el impuesto a las ganancias en julio 2025

    ARCA

    Desde este martes, se incorporan nuevas empresas y personas físicas al Padrón de Grandes Contribuyentes, incluyendo de manera automática a las firmas adheridas al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).

    Con el dato de inflación del primer semestre, que se informará este lunes y rondaría el 15,3/15,6%, se actualizarán el Mínimo No Imponible y las escalas de Ganancias.

    El mínimo no imponible pasará de $2,3 millones a $2,6 millones mensuales para solteros sin hijos, y de $3 millones a $3,5 millones para casados con dos hijos. Los ingresos que superen estos pisos seguirán alcanzados por alícuotas progresivas de entre el 5% y el 35%, aplicadas sobre la ganancia neta.

    Monotributo:

    • La categoría más baja (A) subirá el tope de facturación anual de $7,8 millones a $9 millones.

    • La categoría más alta subirá de $82 millones a $95 millones anuales.

    • Las cuotas mensuales aumentarán un 15%, pasando, por ejemplo, de $32.221 a más de $37.000 en la categoría A y de $36.679 a más de $42.000 en la B.

    Los nuevos valores regirán de agosto a enero 2026 y ARCA habilitará la recategorización hasta el 5 de agosto. No será necesario realizar trámites si mantenés la misma categoría o si llevás menos de seis meses de actividad.

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