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AFIP reglamentó la prórroga del blanqueo: cuáles son las nuevas fechas

Lo hizo a través de la Resolución General N° 5578/24, publicada en el Boletín Oficial. El proceso, que iba a terminar en septiembre y se postergó un mes más, se realizará en tres etapas y finalizará en 2025.

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  • La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la prórroga por un mes del blanqueo de capitales a través de la Resolución General N° 5578/24, publicada en el Boletín Oficial. Los interesados podrán confirmar su adhesión hasta el próximo 31 de octubre, inclusive.

    La medida busca facilitar el proceso de declaración voluntaria de bienes y activos no registrados al 31 de diciembre de 2023. Así, se ofrece a los contribuyentes una oportunidad adicional para regularizar sus activos en la etapa 1 que contempla mayores beneficios.

    Cabe señalar que durante la primera etapa, el régimen permite regularizar bienes sin tope y sin costo para dinero en efectivo destinado a la compra de títulos públicos, bonos e inversiones de proyectos inmobiliarios, entre otras opciones.

    dolar

    El Gobierno reglamentó el blanqueo de capitales

    El Decreto 864/2024 estipula el siguiente cronograma para cada una de las etapas:

    Etapa 1

    Etapa 2

    Etapa 3

    Qué es el blanqueo de capitales que puso en marcha el Gobierno

    La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha el 17 de julio el nuevo régimen de blanqueo de capitales. Los requisitos, formas, condiciones y exclusiones de la adhesión se encuentran disponibles en el sitio web oficial. Aquellos que quieran regularizar activos, ya sea en bienes o tenencias, menos de u$s100 mil, no pagarán impuestos.

    Es posible regularizar cualquier monto sin costo si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025 o bien se lo invierte en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Será la última oportunidad hasta 2038, ya que el paquete fiscal aprobado en el Congreso de la Nación establece que quienes adhieran al blanqueo no van a poder inscribirse en otros regímenes similares hasta el 31 de diciembre de 2038.

    Una novedad es que pueden adherir al régimen las personas humanas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023. Al adherirse al blanqueo, estas personas adquirirán nuevamente la residencia a partir del 1° de enero de 2024.

    La norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y al lograr estabilidad fiscal (no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio).

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