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La familia de Santiago Maldonado apeló el sobreseimiento de los acusados

Es por la decisión del juez Gustavo Lleral que benefició a Emmanuel Echazú, Juan Pablo Escola, Víctor Vaquila y Marcelo Ferreyra, investigados por la muerte del joven artesano tras el operativo de desalojo en la ruta 40 en Chubut, en 2017.

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  • La familia de Santiago Maldonado apeló ante la Cámara Federal de Apelaciones la decisión del juez federal Gustavo Lleral que sobreseyó a cuatro gendarmes acusados por la desaparición y posterior muerte del joven artesano ocurrida el 1° de agosto de 2017 en Chubut,

    A través de un comunicado publicado en sus redes sociales, la familia Maldonado aseguró que “como hace seis años” siguen “presentando todos los recursos para impedir la impunidad”. “Hoy apelamos la sentencia que nuevamente pretende cerrar la causa, con el mismo juez y las mismas dudas que en 2018”, aseguró.

    “Seguiremos exigiendo un juez imparcial, una investigación exhaustiva, convocar a los imputados, la reconstrucción de los hechos, conocer a los testigos citados a escondidas nuestras”, detalló.

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    Por otra parte, la familia de Santiago expresó que Lleral mantuvo “incólume su decisión” del 29 de noviembre de 2018, momento en que cerró la causa afirmando que “Santiago se había ahogado sólo”.

    Sobreseyeron a cuatro gendarmes acusados por la desaparición y muerte de Santiago Maldonado

    El fallo emitido por el mismo juez Gustavo Lleral favoreció al gendarme Emmanuel Echazú, que estaba acusado por la supuesta desaparición forzada de Maldonado, y a los agentes Juan Pablo Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Ferreyra, quienes eran señalados por haber cometido delitos de daño, abuso de autoridad y omisión de los deberes de funcionario público.

    El magistrado afirmó que a los gendarmes y todos sus compañeros que participaron del operativo de desalojo “ni siquiera se les puede dirigir el reproche de un hipotético abandono de persona en perjuicio de Santiago Andrés Maldonado, pues, tal como se dijo, no existe elemento de prueba alguno que permita sostener ese juicio de tipicidad y esa atribución penal”.

    En la misma resolución con la que dispuso los sobreseimientos, Lleral decidió “dejar sin efecto la reconstrucción virtual y la pericia tecnológica oportunamente dispuestas a través del decreto de fecha 28 de octubre de 2022”.

    No cumplió ninguna de las medidas ordenadas. Insiste en su 'verdad' construida a partir de elementos probatorios que solo él conoce, por ejemplo, a Lucas Naiman Pilquiman. Sin este testimonio esa 'verdad' queda totalmente vacía ¿Por qué no se lo convocó a una audiencia?”, denunció la familia Maldonado.

    Y cuestionó: “¿Por qué se impide que Sergio Maldonado conozca a quien, según Lleral, fue la última persona que vio con vida a su hermano? ¿Cuál es el perjuicio de citarlo para que las partes lo conozcamos y lo escuchemos? No ha sido evitar dispendio jurisdiccional ni dilaciones procesales”.

    En ese sentido, el hermano de la víctima fatal remarcó que luego de cinco años se dictó “la misma sentencia, con el mismo juez y las mismas pruebas. Misma impunidad”.

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