Un adelanto del DNU en materia de modernización de leyes laborales

El especialista en derecho del trabajo y en políticas públicas de empleo adelanta los principales puntos de las leyes a modificar en materia de trabajo y empleo del DNU del poder ejecutivo.

A horas del anuncio por cadena nacional del presidente Javier Milei en materia económica, fiscal, social y laboral, vamos a dar un recorrido por las principales leyes que se deben modificar y los puntos para modernizar las leyes laborales y sindicales para tener un desarrollo productivo y actualizar el mercado del trabajo.

En virtud de la caída del empleo y la altísima falta de registración, habría una importante reducción de aportes y contribuciones a la seguridad social.

  • Se vería modificado la forma de confección de las cargas sociales mediante el formulario 931 SUSS y las leyes a modificar serian: 24.241 Sistema integrado de jubilaciones y pensiones; 23.660 obras sociales; 19.032 creación del PAMI; 24.714 régimen nacional de asignaciones familiares y 24.013 de empleo.

El alivio a los generadores de empleo en argentina, las pymes, es fenomenal. Pocos profesionales sabemos la carga que soportan los empleadores en materia de cargas sociales que liquidamos mensualmente este tormentoso impuesto al trabajo.

  • La extensión del período de prueba en relaciones laborales privadas de 3 meses a 6 meses u 8 meses. Este instituto esta regulado en el art 92 BIS de la ley de contrato de trabajo, 20.744.

Ampliar el periodo de prueba hace mas tentativo contratar mano de obra sin caer en juicios laborales que por 90 dias de trabajo, como es actualmente, terminan juicios Millonarios.

  • Reducción de las indemnizaciones laborales. El mítico artículo 245 de la ley de contrato de trabajo sobrellevaría agregados.

Modernizar el derecho del trabajo, también es adaptarse al trabajo dl futuro en materia de contratación y desvinculación de las relaciones laborales.

  • Fin de las multas de la ley 24.013 por falta de registro de la relación laboral. Una norma complementara con la ley 25.323 se modificarían terminando con la pesada cargas de las multas laborales sin sentido.

El régimen actual presume multas que deberían ser pagadas por el Estado y no por el sector privado. Multas que, los que tenemos mas de una década en el derecho del trabajo, las vemos arbitrarias y antojadizas de la justicia de turno.

  • Desindexación de los intereses por indemnizaciones en sentencias laborales. Sentencias laborales que son superadas por los leoninos intereses que hacen imposible el cumplimento de las sentencias laborales.

Las tasas de interés que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo instrumenta en las sentencias firmes son descabelladas y excesivas.

  • La creación del Fondo de Cese Laboral para toda la actividad privada modificando la ley 20.744

Crear un instituto que medie entre las indemnizaciones laborales y las desvinculaciones sin caer en agujeros legislativos y la industria del juicio laboral de unos pocos.

  • Y la modificación de la cuota solidaria de las leyes en materia sindical, 23.551 y 14.250

Se terminará con la obligatoriedad para los empleadores y dependientes que están obligados a tributar al sindicato una alícuota cuando deberían ser solidarios para las partes y no estar amedrentados por algunos sindicatos mafiosos.

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