Causa $LIBRA: qué funciones tendrá la comisión investigadora y cuáles son los plazos para presentar conclusiones

Luego de que Diputados apruebe su conformación, el dictamen de mayoría brinda los detalles acerca de las atribuciones otorgadas para investigar al presidente Milei, su hermana Karina, como así también a todos los ministros y funcionarios públicos involucrados en el caso

Las medidas ordenadas por el fiscal Eduardo Taiano, así también como el avance de la causa colectiva abierta por damnificados en Estados Unidos, abrió el interrogante sobre el límite de las competencias de la comisión investigadora para que no se interponga en el camino de la Justicia.

El dictamen de mayoría, que fue aprobado por 128 votos positivos, 93 rechazos y siete abstenciones brinda detalles sobre las atribuciones:

  • En el artículo 2°, se establecen como objetivos "investigar la sucesión de hechos vinculados a la promoción y difusión de la criptomoneda $LIBRA", y "determinar el grado de participación y la responsabilidad política de Javier Milei, Karina Milei, Manuel Adorni, Luis Caputo, como también la de todos los ministros y funcionarios públicos involucrados en el caso".

  • En el artículo 7°, se enumeran entre las atribuciones adjudicadas a la comisión investigadora "remitir oficios y solicitar informes, documentos y antecedentes que sean relevantes al objeto de la investigación a entes públicos o privados". A su vez, podrá "convocar a funcionarios públicos y terceros interesados, como también tomar declaraciones testimoniales".

Por otra parte, se incluye también la función de "recabar información relacionados con el objeto de la investigación, pudiendo solicitar a organismos públicos nacionales y/o provinciales, universidades e instituciones científicas la realización de peritajes y estudios técnicos".

En el mismo sentido, la comisión investigadora podrá "poner en conocimiento de las autoridades competentes el incumplimiento, resistencia, desobediencia, reticencia, demora, obstaculización o cualquier otra actitud tendiente a interferir en el normal y efectivo desarrollo delas actividades de la comisión".

  • El artículo 10° estipula un plazo de 90 días, a contar desde la constitución oficial de la comisión investigadora, para que finalice la producción de informes, dictámenes y conclusiones. "Una vez agotado el objeto de la investigación, o transcurrido el plazo máximo fijado, y dentro de los 30 días corridos, debe elevar un informe final a la Cámara de Diputados de la Nación detallando los hechos investigados y los resultados obtenidos", se señala.

  • En el artículo 3° se detalló que la comisión estará integrada por "dos miembros designados a propuesta de cada bloque o interbloque parlamentario que cuente con más de cinco integrantes; y un miembro designado a propuesta de cada bloque o interbloque que cuente con cinco integrantes". "Además, por cada veinte diputados/as que integren dichos bloques o interbloques, se les sumará un miembro adicional".

Diputados le piden a Martín Menem que no obstaculice la conformación de la comisión investigadora

Los legisladores Oscar Agost Carreño y Nicolás Massot del bloque Encuentro Federal, le enviaron este viernes un escrito al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, donde le pide que no obstaculice la conformación de la comisión investigadora por el escándalo cripto que investigará al presidente Javier Milei.

El pedido se lleva a cabo luego de la jugada realizada por La Libertad Avanza donde se alió con el PRO en la conformación de dos interbloques, con el objetivo de obtener dos lugares más en la comisión que se conformará el próximo 23 de abril. Desde la oposición exigen que se respete la proporcionalidad en función al mapa de bloques que había al momento de la aprobarse la resolución.

Luego citar diversas notas periodísticas que hacen referencia a la movida del oficialismo, Agost Carreño y Massot le pidieron a Martín Menem que "se abstenga de realizar tales maniobras, y en consecuencia constituya la comisión investigadora creada en la sesión del pasado 8 de abril en base a la conformación de bloques e interbloques previa a la sesión en la cual se aprobó la resolución".

"Admitir que, tras su creación, se reordenen los bloques e interbloques al solo efecto de cambiar la conformación de una comisión creada por el pleno, sería un artilugio que tensionaría las reglas republicanas y de funcionamiento del Congreso Nacional", advirtieron, para luego considerar: "Ello desnaturalizaría el fin tenido en cuenta por el dictamen de mayoría" así como "la votación efectuada por el Cuerpo con una rotunda mayoría".

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