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Que no se te pase: cuál es la nueva fecha límite para hacer la recategorización del monotributo de AFIP

Mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos dio a conocer cuál es el monto máximo para cada categoría y el valor de la cuota mensual. Conocé los detalles y desde cuándo se paga.

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  • La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comunicó, mediante la Resolución General 5523 publicada en el Boletín Oficial, que los contribuyentes que se encuentren inscriptos en el monotributo tendrán más tiempo para realizar la recategorización en caso de que corresponda.

    Desde el organismo recaudador explican que la extensión del plazo se lleva a cabo en el marco de la ley de Paquete Fiscal (27.743) la cual incluye una serie de medidas fiscales paliativas y relevantes.

    La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben hacer los monotributistas en enero y julio, según corresponda. Es decir, si los ingresos de los últimos 12 meses han variado, deberá subir de clase. Conocé los detalles.

    Qué monotributistas deben hacer la recategorización en el 2024

    Las personas que se encuentren inscriptas en el monotributo y hayan tenido cambios en los ingresos, la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida o los alquileres devengados es probable que tengan que cambiar de categoría. En caso de mantener la misma porque no tuvo alteraciones significativas, no es necesario realizar un trámite adicional.

    Cuál es la nueva fecha para recategorizarse como monotributista

    El plazo original para que los monotributistas puedan realizar la recategorización según corresponda, era el 20 de julio del 2024. Sin embargo, luego de la publicación de la Resolución General 5523, la fecha límite para realizar dicho trámite se ha extendido hasta el 2 de agosto.

    Cómo quedaron los nuevo topes y excepciones de las categorías del monotributo de AFIP.

    Cómo hacer la recategorización del monotributo

    Cada persona que se encuentre inscripta en el régimen simplificado y tenga que realizar la recategorización, debe seguir estos pasos:

    Cómo quedan las categorías del monotributo de AFIP desde julio 2024

    Cada una de las categorías del monotributo de AFIP quedan de la siguiente manera:

    Categoría A

    Categoría B

    Categoría C

    Categoría D

    Categoría E

    Categoría F

    Categoría G

    Categoría H

    Categoría I

    Categoría J

    Categoría K

    Para las últimas tres categorías añadidas a locación y servicios, se estima que las cuotas serían de $517.608,55, $626.931,97 y $867.084,75 por mes.

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