Pensión de ANSES: qué pasa cuando el titular muere

La Administración Nacional de la Seguridad Social acompaña economicamente a las familias que atraviesan su significativa pérdida. Los detalles.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) cumple con su calendario de pagos y acredita los montos de sus diversas prestaciones como la Pensión por Fallecimiento, la cual está destinada a garantizar el acompañamiento económico al familiar de un jubilado, pensionado o trabajador fallecido.

En este sentido el organismo conducido por Fernanda Raverta explicó cuáles son los requisitos para acceder a esta prestación y qué familiares podrán percibir dicho ingreso.

Por otro lado cabe recordar que sigue vigente la línea de Créditos ANSES el cual amplió su nivel de montos, redujo las tasas y estableció cuotas de 24, 36 ó 48. El mismo se puede solicitar de forma online a través de Mi ANSES.

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PNC de ANSES por fallecimiento de titular: requisitos

Los requisitos a tener en cuenta para acceder a una Pensión No Contributiva de ANSES por fallecimiento son:

Pensión No Contributiva de madre de 7 hijos

Las personas que pueden cobrar esta prestación tras el fallecimiento del titular son:

  • El viudo o concubino incapacitado para el trabajo, que esté a cargo de la titular a la fecha de su fallecimiento.
  • Los hijos menores de 18 años de edad; o sin límite de edad en los siguientes casos: incapacitados para el trabajo y a cargo de la titular a la fecha de su fallecimiento o incapacitados a la fecha en que cumplieran la edad de 18 años.

Las personas que hayan registrado una separación legal o de hecho al momento del fallecimiento del titular de la prestación no podrán solicitar la pensión por fallecimiento.

PNC por Vejez

Luego del fallecimiento del titular de la prestación tienen derecho a cobrar la pensión por fallecimiento las siguientes personas:

  • El cónyuge no divorciado ni separado legalmente o de hecho.
  • Concubinos con una convivencia declarada durante los 5 años anteriores al fallecimiento. En ambos casos deberá tener 70 años de edad o más, o mismo estar incapacitado/a para el trabajo y a cargo del titular al momento del fallecimiento.

Vale destacar que tanto la PNC por Vejez y la PNC por Madre de 7 Hijos son incompatibles con el cobro de prestaciones como:

  • Pensión Universal para el Adulto Mayor.
  • Asignación Familiar por Hijo.
  • Asignación Universal por Hijo.
  • Asignación Universal por Embarazo.
    Jubilados medicamentos PAMI

Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra de Malvinas

Si fallece el titular de dicha prestación tienen derecho a cobrar las siguientes personas:

  • El viudo o concubino que pruebe la convivencia.
  • Hijos menores de edad al momento del fallecimiento y hasta su mayoría de edad, o que estén incapacitados para el trabajo, mientras dure la incapacidad.
  • En ausencia de éstos, tendrán derecho los padres incapacitados para el trabajo y a cargo del causante a la fecha de su fallecimiento que no perciban una jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva, a excepción de que opten por la pensión de guerra.

Pensiones por fallecimiento: qué documentos necesito

Los documentos necesarios para solicitar una pensión por fallecimiento son:

  • Partida de defunción.
  • Documentación que acredite el vínculo con la persona fallecida.
  • Certificado de discapacidad, en caso de corresponder.
  • DNI original del solicitante.
  • Formulario PS 6.18 Solicitud de prestaciones previsionales (para Pensión Madre 7 hijos o Prestación por Vejez).