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Cuántos años de aporte necesitan los monotributistas para jubilarse

El trámite se puede iniciar de manera presencia en una entidad de la ANSES o de manera virtual ingresando a la web oficial. Conocé el paso a paso para ambos casos.

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  • Aquellas personas que no trabajan en relación de dependencia y son trabajadores autónomos, es decir, que tienen su propio emprendimiento y se generan sus recursos económicos, pueden realizar el tramite de jubilación si cumplen con los requisitos necesarios para comenzar el proceso.

    En primer lugar, hay que tener en cuenta que si el monotrobutista cumple con los años de aporte y, al mismo tiempo, cumple con la edad mínima para jubilarse, podrá realizar el trámite de manera presencial o iniciarlo de manera virtual. En el primero de los casos, la persona debe dirigirse a una dependencia de la ANSES con los documentos que se le piden, mientras que, en el segundo de los casos se puede iniciar ingresando a la web oficial de la entidad. Conocé detalle para tramitarla.

    Cuántos años de aportes necesita un monotributista para alcanzar la jubilación

    Los inscriptos en el Monotributo pueden jubilarse bajo las mismas condiciones que quienes trabajan en relación de dependencia. Por lo tanto, con 30 años de aporte y alcanzando los 60 años en mujeres y los 65 años en hombres, las personas estarán en condiciones de tramitar la jubilación.

    Cómo hacer el trámite de la jubilación para monotributistas

    El trámite debe realizarse en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) presentando el DNI y el comprobante de los 30 años de aportes, pero también se puede gestionar desde la Webb oficial del organismo Previsional.

    En caso de no reunir los aportes necesarios, está la posibilidad de acceder a un plan de facilidades de pago, el cual recibe el nombre de moratoria, mediante el régimen de regularización voluntaria de la AFIP.

    Cómo consultar los aportes que tengo si soy monotributista

    Para consultar tus aportes, podes hacerlo de la siguiente manera:

    Recordá que las personas con aportes no registrados, deberán solicitar una Certificación de Servicios en el lugar de trabajo actual o anterior. En caso de que la empresa no se encuentre en actividad por quiebre o cierre, se puede obtener un Reconocimiento de Servicios en una oficina del organismo previsional con un turno previo.

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