Meses atrás la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó las nuevas escalas y los límites de facturación para los monotributistas que se mantendrán hasta fin de año. Sin embargo, con la noticia de que el organismo desaparecerá por decisión del Gobierno Nacional para darle vida al Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), generó ciertas dudas acerca de cómo quedan los montos en noviembre 2024.
Cierre de AFIP: cómo quedan los montos del monotributo en noviembre 2024
Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos comunicaron qué sucederá con el monotributo, Ganancias y otros impuestos.
A partir de noviembre, los contribuyentes inscriptos en monotributo deberán abonar las cuotas mensuales actualizadas, determinadas por la última actualización de escalas de agosto. Conocé los detalles
Cuáles son las escalas del monotributo de AFIP en noviembre 2024
Para noviembre del 2024, las escalas del monotributo son las siguientes:
- Categoría A: $6,45 millones
- Categoría B: $9,45 millones
- Categoría C: $13,25 millones
- Categoría D: $16,45 millones
- Categoría E: $19,35 millones
- Categoría F: $24,25 millones
- Categoría G: $29 millones
- Categoría H: $44 millones
- Categoría I: $49,25 millones
- Categoría J: $56,4 millones
- Categoría K: $68 millones
Qué cuota tiene cada categoría del monotributo en noviembre 2024
- Categoría A: $3000
- Categoría B: $5700
- Categoría C: $9800 (servicios) y $9000 (comercio)
- Categoría D: $16.000 (servicios) y $14.900 (comercio)
- Categoría E: $30.000 (servicios) y $23.800 (comercio)
- Categoría F: $42.200 (servicios) y $31.000 (comercio)
- Categoría G: $76.800 (servicios) y $38.400 (comercio)
- Categoría H: $220.000 (servicios) y $110.000 (comercio).
- Categoría I: $175.000 (comercio) y $437.500 (servicios)
- Categoría J: $210.000 (comercio) y $525.000 (servicios)
- Categoría K: $245.000 (comercio) y $735.000 (servicios)
Qué sucederá con el monotributo, Ganancias y otros impuestos
Luego de conocerse el cierre de la AFIP y la apertura del ARCA, la administración saliente informó que habrá una prórroga en el plazo para adherirse al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP). Este plazo vence el 31 de octubre, fecha límite para presentar la declaración jurada REIBP (F.3339) y, de ser necesario, pagar el saldo correspondiente o cualquier ajuste adicional.
Por otro lado, los monotributistas que todavía no cumplieron con el pago de su cuota mensual, enfrentarán posibles sanciones, recargos y, en los casos de morosidad, embargos aplicados por el nuevo ente que asumirá la función recaudadora.
Finalmente, las obligaciones fiscales se mantendrán sin modificaciones, así como la carga impositiva que deberán asumir los contribuyentes.
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