La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este miércoles las modificaciones en el impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia. La norma establece que los cambios al régimen actual se aplicarán a partir de julio, por lo que los sueldos de junio quedarán excluidos y no van a ser afectados de manera retroactiva.
Ganancias: AFIP reglamentó las modificaciones y los sueldos de junio quedarán excluidos
El organismo informó la modificación del impuesto a las Ganancias no afectará a los salarios que ya habían percibido los trabajadores antes de que la ley cambiara, dicen desde el organismo.
Esta actualización adecua la normativa de la AFIP a la reciente aprobación de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes aprobada por el Congreso, una norma que fue diagramada para que la modificación del impuesto a las Ganancias no afecte a los salarios que ya habían percibido los trabajadores antes de que la ley cambiara, inclusive si lo cobraron después.
Es decir que a aquellos trabajadores que hayan obtenido su remuneración hasta el 30 de junio, aunque la hayan percibido en julio, se les aplicarán la norma anterior. En cambio, los haberes que se devenguen desde el 1 de julio en adelante, quedarán sujetos a la nueva resolución.
Impuesto a las Ganancias: cuánto tenés que pagar según tu sueldo con las nuevas escalas
El impuesto comenzará a regir en julio y se verá reflejado en los sueldos que se percibirán durante los primeros días de agosto. Con esta medida, aproximadamente un millón de trabajadores, hasta ahora exentos, comenzarán a pagar el tributo en alícuotas de entre el 5 y el 35 por ciento.
Las deducciones personales se incrementarán entre un 183,75% y un 186,65% respecto a las vigentes, con excepción de ciertos jubilados. Además, se introduce una deducción especial para eximir el aguinaldo del gravamen.
El mecanismo de actualización establece que las deducciones se ajustarán una vez al año por inflación a partir del período fiscal 2025. Las escalas entre el 5% y el 15% se incrementarán en un porcentaje inferior a la inflación registrada en el primer trimestre de 2024, que fue del 51,6%, mientras que las más altas (hasta el 35%) tendrán una actualización mayor.
- Desde $908.587,88 hasta $1.817.175,81: se pagan $45.429,39 sumado al 9% del excedente por sobre el primer monto mencionado.
- Desde $1.817.175,81 hasta $2.725.763,68: se pagan $127.202,30 sumado al 12% del excedente.
- Desde $2.725.763,68 hasta $3.634.351,67: se pagan $236.232,87 sumado al 15% del excedente.
- Desde $3.634.351,67 hasta $5.451.527,37: se pagan $372.521,16 sumado al 19% del excedente.
- Desde $5.451.527,37 hasta $7.268.703,12: se pagan $717.784,51 sumado al 23% del excedente.
- Desde $7.268.703,12 hasta $10.903.054,63: se pagan $1.135.734,94 sumado al 27% del excedente.
- Desde $10.903.054,63 hasta $14.537.406,50: se pagan $2.117.009,74 sumado al 31% del excedente.
- Desde $14.537.406,50 en adelante: se pagan $3.243.658,88 sumado al 35% del excedente.
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